Fundamentos de la Ley 13237
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Mediante Ley 8.401, se dispuso que el Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires (antes Servicio Correccional) gozara a partir del 1 de febrero de 1975 de idénticos beneficios previsionales que los establecidos para la Policía de la provincia de Buenos Aires, por lo cual el sistema de retiros, jubilaciones y pensiones del personal penitenciario se encuentra actualmente regido por las disposiciones del Decreto Ley 9.538/80, con las modificaciones introducidas por las Leyes 10.092, 10.739, 10.750 y 11.633. Sin embargo, los cambios que se vienen produciendo en materia de seguridad, en especial en todo lo referente a las Policías de la Provincia cuya Ley de Caja de Jubilaciones Retiros y Pensiones se encuentra en tratamiento para su modificación en esta Legislatura, torna necesario independizar el régimen previsional del Sistema Penitenciario del Policial al que hasta la fecha y por imperio de la referida Ley 8.401 estuvo adherido. Por ello, acompaño proyecto de ley en tal sentido, solicitando a los señores diputados su acompañamiento para la aprobación del mismo.
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