DECRETO 5243/44
Acuerda plazo a los extranjeros que sean empleados de la Administración, para que cumplan con el Decreto número 5635, sobre carta de ciudadanía.
LA PLATA, 31 de MARZO de 1944.
ARTÍCULO 1.- Acuérdase un nuevo plazo de un año, a partir de la fecha, a los extranjeros que sean empleados de la Administración Pública para que cumplan con lo establecido en el Decreto recordado, número 5635, de 14 de abril de 1942, vencido el cual, las distintas reparticiones remitirán al Ministerio de quien dependan, una nómina de los empleados extranjeros que no hayan obtenido su carta de ciudadanía, indicando las causas de su impedimento.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, etc.