LEY 13890
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Declárase
Bien de Interés Histórico Cultural incorporado definitivamente al Patrimonio
Cultural de la Provincia
de Buenos Aires en los términos de la
Ley Nº 10.419, al edificio conocido como “Los Miradores de
Olmos” y a la “Capilla”, Nomenclatura Catastral: Circunscripción III, Sección
E, Chacra 23G, que pertenecieran a la antigua cárcel de mujeres, ambos
emplazados en los terrenos del complejo penitenciario de la localidad de
Lisandro Olmos, partido de La
Plata, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese
al Poder Ejecutivo.