LEY 13890

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 LEY

ARTICULO 1.- Declárase Bien de Interés Histórico Cultural incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires en los términos de la Ley Nº 10.419, al edificio conocido como “Los Miradores de Olmos” y a la “Capilla”, Nomenclatura Catastral: Circunscripción III, Sección E, Chacra 23G, que pertenecieran a la antigua cárcel de mujeres, ambos emplazados en los terrenos del complejo penitenciario de la localidad de Lisandro Olmos, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.