Fundamentos de la

Ley 13699

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

            Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia la reubicación de aquellos funcionarios comprendidos en el régimen de la Ley 10.430 (texto ordenado Decreto 1.869/96 y sus modificatorias), que al 31 de julio del año 2006 se encontraban desempeñando interinamente las funciones jerarquizadas de subdirector o jefe de Departamento.

Desde la vigencia de la Ley 13.453 que regula la negociación colectiva entre la Administración Pública provincial y sus trabajadores, se viene desarrollando una ardua tarea entre los actores paritarios para encontrar propuestas que, fundamentalmente consagren mecanismos que coadyuven al modelo de convenio colectivo que se pretende y que en la transición aseguren un marco regido por criterios de equidad en la relación laboral de los trabajadores del Estado provincial.

En tal sentido, ilustra el acta de la reunión paritaria -nivel general- del 29 de agosto de 2006. En esa oportunidad, la representación estatal puso a consideración de las representaciones gremiales el anteproyecto de ley que dio origen al presente. Tal debate prosiguió en la Comisión Redactora de Proyectos de Ley el 11 de septiembre del corriente año, habiéndose acordado por mayoría el articulado definitivo que ahora se pone a vuestra consideración.

La iniciativa refleja una solución consensuada que a su vez, se enmarca en el nuevo modelo de carrera administrativa, por una parte repara situaciones que objetivamente son merecedoras de justicia y por la otra regulariza situaciones anómalas dentro de la gestión del Estado como empleador. Con su aplicación de carácter excepcional, permite reconocer situaciones de origen legal, que con el transcurso del tiempo fueron desnaturalizadas en su esencia.

Es equitativo ameritar, que el tiempo en el ejercicio de la función y por ende la experiencia, colaboran en la formación calificada de aquellos que la desempeñan con eficacia, resultando su reconocimiento un acto de estricta justicia.

El proyecto propone la reubicación de los trabajadores comprendidos en el régimen de la Ley 10.430 (texto ordenado Decreto 1.869/96 y sus modificatorias) que al 31 de junio del año 2006, se encontraban desempeñando en forma interina la función jerarquizada de subdirector jefe del departamento, de conformidad con los artículos 10 y 161 del citado texto legal, en cargos vacantes, sean estos transitorios o definitivos.

Asimismo se prevén requisitos específicos que debe reunir el agente para acceder a la reubicación, a saber:

 

a)      Acreditar al 31 de julio del año 2006, haber desempeñado la función durante al menos tres (3) años consecutivos o cinco (5) alternados y registrar un mínimo de diez (10) años de antigüedad en la Administración Pública de la provincia de Buenos Aires.

b)      Las funciones interinas deben haber sido asignadas por decreto del Poder Ejecutivo o acto administrativo de autoridad competente.

 

La reubicación prevista se efectuará en el agrupamiento jerárquico, como personal de apoyo, en la categoría 24 en el caso de quienes cumplen funciones interinas de subdirector, y en la categoría 21 en el de quienes ejercen funciones interinas de jefe de departamento.

Es importante señalar, que la nueva categoría asignada no implicará en ningún caso la titularización en las funciones jerárquicas mencionadas, transformando el cargo de revista del agente en el del agrupamiento y categoría en que se lo reubica.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo, la pronta sanción del proyecto adjunto.

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.