Departamento de salud.

DECRETO 2.280

La Plata, 26 de setiembre de 2005.

VISTO: El Expediente N° 2.900-72.097/04, por el cual se gestiona la aprobación del Convenio suscripto entre el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Tigre, y

CONSIDERANDO:

Que por dicho instrumento La Municipalidad cede y transfiere en propiedad, a título gratuito y sin cargo al Ministerio, el inmueble e instalaciones pertenecientes al edificio del nuevo Hospital ubicado en General Pacheco, partido de Tigre;
Que el inmueble que se transfiere se halla inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires bajo la Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección A, Manzana 68, Parcela 2, inscripción de dominio folio: 64 del año 1928 del Partido de Tigre, según plano C-57-9-96, de acuerdo al informe dominial expedido por dicho Organismo;
Que el Ministerio se compromete a afectar el recurso humano necesario para el normal desempeño del citado Hospital, mediante la transferencia del personal que hasta la fecha presta servicio en el Hospital Descentralizado Zonal General de Agudos Magdalena V. de Martínez de Tigre;
Que el equipamiento inicial, bienes muebles y útiles, instrumental y automotores del efector que se transfiere, se conformará con el patrimonio que actualmente integra el citado Hospital Descentralizado Zonal General de Agudos Magdalena V. de Martínez de Tigre, cuya transferencia al Municipio tramita por el Expediente N° 2.900-72.096/04;Que obra glosada Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante de Tigre por la que se autoriza a suscribir el convenio aludido y se faculta al Departamento Ejecutivo a la transmisión del inmueble municipal;
Que atento a lo actuado, procede aprobar el convenio referido, en el marco de las disposiciones de la Ley 10.142 y su modificatoria Ley 10.304;
Que han tal sentido se han expedido la Asesoría General de Gobierno a fojas 3 y vuelta, la Contaduría General de la provincia a fojas 6 y vuelta y la Fiscalía de Estado a fojas 9 y vuelta;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébese el Convenio suscripto entre el Ministerio de Salud y la Municipalidad de Tigre, por el cual el Municipio cede y transfiere en propiedad a la provincia de Buenos Aires el inmueble e instalaciones pertenecientes al edificio del nuevo Hospital ubicado en General Pacheco, cuyo original pasa a formar parte integrante de este acto.

Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud.

Artículo 3°.- Regístrese, notifíquese al Señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Salud. Cumplido archívese.

SOLA
I. J. Passaglia

Convenio

Entre el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, en adelante el Ministerio representado por su titular el Dr. Ismael José Passaglia, por una parte, y la Municipalidad de Tigre, en adelante la Municipalidad, representada por el Intendente Municipal Cdor. Ricardo Ubieto, por otra parte, y ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial y del Honorable Concejo Deliberante de ese distrito, se acuerda celebrar el presente convenio de conformidad con las siguientes cláusulas:
Primera: La Municipalidad cede y transfiere en propiedad, a título gratuito y sin cargo al Ministerio, el inmueble e instalaciones pertenecientes al edificio del nuevo Hospital de General Pacheco, partido de Tigre. A tal efecto, se labrará acta de entrega y recepción, que será confeccionada en forma conjunta entre representantes del Ministerio y La Municipalidad, con destino al cumplimiento de las actividades y objetivos establecidos en el presente. Dicha transferencia comprende la cesión del dominio, posesión, uso y/o cualquier otro derecho, cualquiera sea su origen que La Municipalidad tenga sobre el inmueble, así como sus accesorios y los derechos, acciones y obligaciones referentes al bien que se transfiere.
Segunda: El inmueble que se transfiere se halla inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble según la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección A, Manzana 68, Parcela 2, inscripción de dominio Folio: 64 del año 1.928 del partido de Tigre, según Plano C-57-9-96.
Tercera: La Municipalidad hace en este acto formal entrega al Ministerio del inmueble e instalaciones pertenecientes al nuevo Hospital de General Pacheco, partido de Tigre. A partir de la fecha el Ministerio toma posesión del inmueble mencionado, haciéndose cargo de los gastos de servicios públicos y otros que se generen en el edificio transferido.
Cuarta: El Ministerio se compromete a afectar el recurso humano necesario para el normal desempeño del Hospital que por este acto cede La Municipalidad, mediante la trasferencia del personal que hasta la fecha presta servicios en el Hospital Descentralizado Zonal General de Agudos Magdalena Villegas de Martínez de Tigre.
Quinta: El equipamiento inicial, bienes muebles y útiles, instrumental y automotores del Hospital que se transfiere se conformará con el patrimonio que integra el Hospital Descentralizado Zonal General de Agudos Magdalena Villegas de Martínez de Tigre, cuya transferencia al Municipio tramita por Expediente N° 2.900-72.096/04.
Sexta: Las partes acuerdan que todas aquellas deudas y/u obligaciones que se devenguen hasta la efectiva entrega del bien a la provincia de Buenos Aires, serán soportadas por La Municipalidad, siendo a cargo del Estado Provincial aquellas cuya causa o título tengan origen con posterioridad a la mencionada entrega.
Séptima: El Ministerio se compromete a gestionar ante el Poder Ejecutivo la Habilitación al uso público de dicho Hospital, integrándolo a la Red Sanitaria Provincial.
Octava: Para todos los efectos derivados del presente, las partes constituyen domicilios especiales: El Ministerio en calle 51 N° 1.120 de la ciudad de La Plata y La Municipalidad en Avenida Cazón N° 1.514 de Tigre, lugares donde tendrán plena validez todas las notificaciones que con motivo del mismo se practiquen. En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata, a los 10 días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Ismael José Passaglia
Ministerio de Salud


Ricardo Ubieto

Intendente Municipal de Tigre

Cláusula Adicional

Entre el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, representado en este acto por su titular, Dr. Ismael José Passaglia, por una parte, en adelante El Ministerio y la Municipalidad de Tigre, representada por el Sr. Intendente Cdor. Ricardo José Ubieto, en relación al convenio celebrado con fecha 10 de agosto de 2005, por el cual El Ministerio cedio a La Municipalidad el inmueble, instalaciones y bienes muebles a título gratuito y sin cargo del Hospital Provincial Descentralizado Zonal General de Agudos Magdalena V. de Martínez de Tigre, acuerdan en celebrar la presente Cláusula Adicional:
Cláusula Adicional: Las partes aclaran que los bienes muebles correspondientes al Hospital Descentralizado Zonal General de Agudos Magdalena V. de Martínez de Tigre, que se ceden y transfieren en propiedad a título gratuito y sin cargo, son aquellos que no resulten necesarios para el funcionamiento del Hospital en el nuevo edificio que la Municipalidad transfiere al Ministerio en General Pacheco, tramitación que se formaliza por Expediente N° 2.900-72.097/04. En fe de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en la ciudad de La Plata, a los 10 días del mes de agosto del año 2005.


Ismael José Passaglia
Ministerio de Salud


Ricardo Ubieto

Intendente Municipal de Tigre