LEY 6138

 

Expropiación de un inmueble para la Escuela 45 de General San Martín, en Villa Humberto.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la intersección de las calles Ombú y Tu­nuyán de la localidad de Villa Humberto, partido de General San Martín, designado según título como fracción M, del plano que cita al margen de su dominio y que lleva la característica 47-270-51, y según catastro como circunscripción V, sección E, fracción XXXVIII, parcela 1a, inscripto en el Registro de la Propiedad al folio 6.630 del año 1947, a nombre de Sociedad Mercantil de Carácter Colectivo "Kupferschmidt Hnos", Guía de Contribuyentes Nº 135.858, con una superficie de dos mil doscientos ochenta y nueve metros con treinta y un decímetros cuadrados (2.289,31 m2), con destino a la erección del edificio fiscal de la Escuela 45 del partido mencionado.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con cargo al correspondiente Plan Anual de Obras Públicas.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.