LEY 7108

 

Autorización a la Municipalidad de Lincoln para destinar la contri­bución acordada por Ley 7003 a la Cooperadora de la Escuela Diferenciada N° 1 de ese distrito.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de Lincoln, a destinar la contribución acordada por Ley 7003, Anexo IV, Ministerio de Eco­nomía y Hacienda, Ítem 1, Ministerio, Grupo 1º, a) Finalidad 5, Función 08, Programa 6, Objeto genérico 4, Unidad de Inversión 1 - 8, a la Cooperadora de la Escuela Diferenciada N° 1 de ese dis­trito, para la construcción de su nuevo edificio.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.