FUNDAMENTO DE LA LEY 15558
HONORABLE LEGISLATURA
Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, mediante el cual se propicia la política impositiva para el año 2026.
El año 2025 está siendo testigo y víctima de la profundización de un modelo económico iniciado hacia fines del año 2023 que generó innumerables problemas de carácter económico y social. La recesión del año 2024 y el consecuente deterioro de las variables socioeconómicas aún muestra sus estragos en la estructura productiva y el tejido social. A pesar de este contexto, la Provincia continúa sosteniendo con eficacia, eficiencia y calidad la provisión de sus bienes y servicios públicos. Por otra parte, ese resultado ha sido posible aún sin haber logrado implementar las medidas impositivas diseñadas para el ejercicio 2025. La prórroga de la política tributaria 2024 exhibió durante este año un desempeño relativamente satisfactorio ante un contexto sumamente adverso y frente al nuevo desconocimiento por parte del gobierno nacional de múltiples compromisos asumidos en materia de transferencias destinadas al financiamiento de finalidades de gasto provincial. Aún así, los recursos tributarios de origen provincial muestran en términos reales un desempeño algo inferior que aquellos de origen nacional y asimismo, se han presentado distorsiones en los tributos establecidos y administrados por la gestión provincial que requieren ser corregidas.
El diseño de la política tributaria 2024, su eficiente administración, y el esfuerzo de las y los bonaerenses había resultado fundamental para contener los efectos de un escenario económico adverso. A instancias del acompañamiento de esta Honorable Legislatura, el Poder Ejecutivo contó durante aquel año con una estructura de gravámenes flexible que supo adaptarse al difícil escenario macroeconómico y morigerar su impacto sobre los distintos sectores productores de bienes y servicios de la economía provincial. Bajo principios de eficiencia, simplificación y en particular de equidad tributaria, los distintos sectores alcanzados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos lograron cumplir con sus obligaciones fiscales aportando al sostenimiento de un presupuesto público que funcionó como escudo frente a la agresividad de las políticas públicas nacionales. En igual sentido se destacó el alto cumplimiento voluntario de la ciudadanía en lo que respecta al Impuesto Inmobiliario y a los Automotores que, acompañado de políticas públicas de alivio fiscal y facilidades de pago, permitió consolidar una tributación con una clara orientación progresiva.
En 2025 se propuso transitar un sendero que intentaba realizar las correcciones necesarias para evitar perjuicios en los sectores productivos y encontrar un equilibrio adecuado que regule de forma justa el esfuerzo del Pueblo de la Provincia en el sostenimiento de políticas públicas orientadas a contener los efectos nocivos de las medidas económicas que se desprendían desde el gobierno nacional. Reconociendo el esfuerzo realizado por todos y cada uno de los habitantes se postuló el objetivo de no incrementar la presión tributaria en relación a la alcanzada durante 2024. Así, el Poder
Ejecutivo Provincial propuso que en la Provincia de Buenos Aires no haya incrementos en los impuestos provinciales durante el año 2025 y que se sostenga una distribución progresiva de la carga tributaria en donde quienes cuentan con una mayor capacidad contributiva sean quienes más aportan al financiamiento del presupuesto provincial.
Sin embargo, la no aprobación de aquel proyecto, implicó la prórroga de la política tributaria 2024. En consecuencia, la continuidad de los lineamientos de la última Ley Impositiva aprobada por esta Honorable Legislatura, permitió asegurar en 2025 recursos a la gestión provincial, aunque no en la magnitud previamente proyectada y con numerosas distorsiones en términos de equidad tributaria.
Es por ello que esta nueva iniciativa presentada para el ejercicio 2026 propone mejorar la calidad de la estructura tributaria e intenta asegurar mayor certidumbre en los flujos de ingresos fiscales del año próximo.
En razón del sentido trazado, y al igual que en el Proyecto presentado un año atrás, se deja expresa mención a que no se impulsa la modificación de alícuota alguna en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Como puede observarse en la nueva estructura de exposición del grado de tributación definido para cada una de las actividades económicas, sólo se propone adecuar los montos de facturación anual que permiten acceder a las alícuotas reducidas en los distintos sectores productivos con el objetivo de contemplar la evolución de los precios y no perjudicar el crecimiento de las MiPyMES bonaerenses, pilar principal del empleo provincial. Por otro lado, se sostiene el
Régimen Simplificado que permite que más de un millón de contribuyentes pueda cumplir de forma sencilla con sus obligaciones tributarias sin requerir la presentación de declaraciones impositivas mensuales ni resultar incididos por mecanismo de pago a cuenta alguno.
Para los impuestos patrimoniales se impulsan políticas diferenciales que intentan por un lado recuperar la presencia de algunos de ellos en la estructura tributaria y por otro, repartir la carga tributaria de forma más justa y equilibrada.
En el Impuesto Inmobiliario, tanto en su planta Urbana como Rural, el objetivo es lograr una actualización impositiva sin ajustar las escalas de tramos de base imponible y alícuotas lo que permite mejorar la equidad y simplificar la determinación impositiva. Asimismo, para evitar variaciones impositivas que atenten contra el principio de capacidad contributiva se establece un límite al incremento que responde a la evolución reciente de los precios al consumidor y permitirá que a ningún bonaerense se le exija un esfuerzo tributario más allá de lo razonable.
En el Impuesto a los Automotores, se propone la aplicación tabla -más acotada en su cantidad de tramos y con alícuotas impositivas más bajas- que capta de forma más precisa la actual estructura de valores del parque automotor, haciendo que el gravamen retome la senda de la equidad vertical y horizontal con una consecuente disminución en la presión tributaria. Con este nuevo uema, la gran mayoría de los y las contribuyentes verá reflejada una baja nominal en su obligación tributaria anual con relación a lo pagado durante 2025.
En síntesis, es voluntad del Poder Ejecutivo Provincial que la imposición patrimonial se adapte al escenario económico y social imperante, mejore su equidad horizontal y evite exigir de cada uno de los y las bonaerenses un esfuerzo contributivo más allá de sus posibilidades reales y efectivas.
Al igual que para el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, no se prevén modificaciones en el alcance ni en las alícuotas del Impuesto de Sellos y a la Transmisión Gratuita de Bienes, más allá de las habituales actualizaciones que tienen por objeto sostener la incidencia de estos dos tributos. de Por último, se impulsa un incremento en las Tasas Retributivas Servicios Administrativos y Judiciales en función del costo de prestación de los servicios involucrados en cada una de ellas. Asimismo, se propone que a partir del próximo año las mismas sean expresadas de acuerdo a una unidad tributaria, previéndose una facultad para aplicar un eventual mecanismo de actualización durante el ejercicio fiscal.
Para terminar, y en coordinación con las distintas iniciativas legislativas del Poder Ejecutivo Provincial, la actual propuesta de Ley Impositiva 2026 exhibe los principios y lineamientos de una gestión provincial que propone asegurar un financiamiento equitativo de las políticas públicas provinciales, aún frente al incumplimiento recurrente del gobierno nacional en relación a sus obligaciones y responsabilidades. No es otra la voluntad que, desde el diálogo y el consenso, edificar una Provincia integrada social, económica y productivamente no sólo al interior de su propio territorio que alberga al 40% de los argentinos, sino en relación al resto del país, y más allá de los esfuerzos denodados del gobierno nacional por derribar los cimientos de nuestra Argentina federal.
A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.
Saludo a Su Honorabilidad con mi mayor consideración.