Provincia de Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución Nº 65/14
VISTO
Ejercicio 2014, las Leyes Nº 13767 y 14552, los Decretos
Nº 3260/08 y 3264/08,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de
Que el artículo 40 de
Que el artículo 56 de
Que en virtud de las autorizaciones otorgadas por los
artículos 40 y 56 de la mencionada Ley Nº 14552, se aprobó por Resolución Nº
332/13 de Tesorería General de
Que por Resolución Nº 7/14 de
Que a la fecha no se ha efectivizado el rescate de las mismas;
Que, consecuentemente, el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza a la suma de Valor Nominal pesos trescientos siete millones doscientos cincuenta y siete mil (VN $307.257.000);
Que el artículo 40 de
Que el artículo 57 de
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el Valor Nominal en circulación;
Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por ello mediante
Que en particular el artículo 1º de
Que asimismo el artículo 2º de
Que el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a trescientos treinta y cuatro (334) días con vencimiento el 30 de diciembre de 2014, por un monto de hasta Valor Nominal dólares estadounidenses diez millones (VN USD10.000.000);
Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en cuestión;
Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.), a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado, en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con Letras;
Que el artículo 4º de
corte, elaborar el ordenamiento y el listado de preadjudicación de las ofertas recibidas desde el M.A.E.;
Que conforme al artículo 6º de
Que conforme al artículo 7º de
Que
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas
Letras del Tesoro serán depositados en el sistema de depósito colectivo
administrado por
Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del
límite establecido en
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes Nº 13767 y 14393 y el Decreto Nº 3260/08.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 29 de enero de 2014.
e) Fecha de emisión: 30 de enero de 2014.
f) Fecha de liquidación: 30 de enero de 2014.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos ciento treinta y cinco millones cuatrocientos cincuenta y tres mil (VN $135.453.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k) Plazo: setenta (70) días.
l) Vencimiento: 10 de abril de 2014.
m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
n) Garantía: recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera
y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
ñ) Régimen de colocación: licitación pública.
o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p) Tipo de Oferta: oferta parcial.
q) Importe de las ofertas:
1 ) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
r) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
s) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en
t) Titularidad: estarán representadas por un Certificado
Global a ser depositado en
u) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w) Agente de cálculo: será
x) Agente Financiero: Banco de
y) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán
mediante la transferencia de los importes correspondientes, a
z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b’) Legislación aplicable: Argentina.
c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 29 de enero de 2014.
e) Fecha de emisión: 30 de enero de 2014.
f) Fecha de liquidación: 30 de enero de 2014.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos doscientos setenta y un millones ciento sesenta y ocho mil (VN $271.168.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés variable.
j) Precio de emisión: a la par.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Interés:
1 ) Tasa aplicable: se determinará como el promedio
aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de
pesos un millón ($1.000.000) de treinta (30) a treinta y cinco (35) días, – Badlar Bancos Privados – o aquella que en el futuro la
sustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias publicadas por el
Banco Central de
2 ) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3 ) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2) servicios de interés, el primero de ellos, el 7 de mayo de 2014 y el segundo, el 7 de agosto de 2014. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4 ) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
m) Plazo: ciento ochenta y nueve (189) días.
n) Vencimiento: 7 de agosto de 2014.
ñ) Garantía: recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera
y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
o) Régimen de colocación: licitación pública.
p) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
q) Tipo de Oferta: oferta parcial.
r) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
s) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
t) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en
u) Titularidad: estarán representadas por un Certificado
Global a ser depositado en
v) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
x) Agente de cálculo: será
y) Agente Financiero: Banco de
z) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán
mediante la transferencia de los importes correspondientes, a
a’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
b’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
c’) Legislación aplicable: Argentina.
d’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión: Dólares estadounidenses.
c) Moneda de integración y pago: Pesos, al tipo de cambio aplicable.
d) Tipo de Cambio Aplicable: el Tipo de Cambio ARS/USD del
tercer día hábil inmediato anterior a la fecha de integración y/o pago, según
corresponda, que resulte mayor entre (i) el tipo de cambio vendedor “billete”
publicado por el Banco de
e) Fecha de licitación: 29 de enero de 2014.
f) Fecha de emisión: 30 de enero de 2014.
g) Fecha de liquidación: 30 de enero de 2014.
h) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal dólares estadounidenses ochocientos cinco mil doscientos (VN USD 805.200).
i) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal dólares estadounidenses cien (VN USD100).
j) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés fijo.
k) Precio de emisión: a la par.
l) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
m) Interés:
1 ) Tasa aplicable: será la tasa fija resultante del proceso licitatorio, expresado en porcentaje (%) nominal anual.
2 ) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3 ) Fecha de pago de interés: se pagarán cuatro (4) servicios de interés, el primero de ellos, el 28 de marzo de 2014; el segundo, el 30 de junio de 2014; el tercero, el 30 de septiembre de 2014; y el cuarto, 30 de diciembre de 2014. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4 ) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
n) Plazo: trescientos treinta y cuatro (334) días.
o) Vencimiento: 30 de diciembre de 2014.
ñ) Garantía: recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera
y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
p) Régimen de colocación: licitación pública.
q) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
r) Tipo de Oferta: oferta parcial.
s) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal dólares estadounidenses cien mil (VN USD100.000) y múltiplo de Valor Nominal dólares estadounidenses diez mil (VN USD10.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal dólares estadounidenses un mil (VN USD1.000) y múltiplo de Valor Nominal dólares estadounidenses un mil (VN USD1.000). El importe máximo será de Valor Nominal dólares estadounidenses noventa y nueve mil (VN USD99.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal dólares estadounidenses un mil (VN USD1.000) y múltiplo de Valor Nominal dólares estadounidenses cien (VN USD100). El importe máximo será de Valor Nominal dólares estadounidenses noventa y nueve mil novecientos (VN USD99.900).
t) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
u) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en
v) Titularidad: estarán representadas por un Certificado
Global a ser depositado en
w) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
x) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
y) Agente de cálculo: será
z) Agente Financiero: Banco de
a’) Forma de pago de los
servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes
correspondientes, a
b’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
c’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
d’) Legislación aplicable: Argentina.
e’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º. Los gastos, incluidas las comisiones, que se
originen en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras
del Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General de
Finalidad 1 Función 3 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 3 Partida Subprincipal 5 Partida Parcial 5, en lo que respecta a "Comisiones y gastos bancarios", y Finalidad 5 Función 1 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 7 Partida Subprincipal 1 Partida Parcial 1 en lo atinente a los intereses que devengue.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar a
Amilcar Zufriategui
Tesorero General
C.C. 940