Provincia de Buenos Aires

TESORERÍA GENERAL

Resolución Nº 65/14

 

La Plata, 29 de enero de 2014

 

VISTO la Resolución Nº 7/14 del Ministerio de Economía, por la que se aprueban los términos y condiciones para la Emisión del Segundo Tramo de Letras del Tesoro para el

Ejercicio 2014, las Leyes Nº 13767 y 14552, los Decretos Nº 3260/08 y 3264/08, la Resolución Nº 332/13 de la Tesorería General de la Provincia, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 76 de la Ley Nº 13767 otorga a la Tesorería General de la Provincia la facultad de emitir Letras del Tesoro con la finalidad de cubrir deficiencias estacionales de caja por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General;

 

Que el artículo 40 de la Ley Nº 14552 de Presupuesto del Ejercicio 2014 fijó en la suma de Pesos un mil quinientos millones ($1.500.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, el monto máximo de autorización para la emisión de Letras del Tesoro;

 

Que el artículo 56 de la Ley Nº 14552 modifica el artículo incorporado por el artículo 61 de la Ley N° 14393 a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 10189 (Texto Ordenado según Decreto Nº 4502/98) y sus modificatorias, por el que se autoriza a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos del artículo 76 de la Ley Nº 13767, al solo efecto de cancelar las Letras emitidas en el marco del Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires del Ejercicio anterior por hasta la suma autorizada para dicho Programa;

 

Que en virtud de las autorizaciones otorgadas por los artículos 40 y 56 de la mencionada Ley Nº 14552, se aprobó por Resolución Nº 332/13 de Tesorería General de la Provincia, un Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2014, que cuenta con un cronograma y establece los términos generales del mismo, por un monto máximo de hasta Valor Nominal pesos cuatro mil trescientos treinta y seis millones cuatrocientos doce mil novecientos ochenta y dos ($4.336.412.982) o su equivalente en moneda extranjera;

 

Que por Resolución Nº 7/14 de la Tesorería General de la Provincia se emitió el primer tramo del Programa por un monto total de Valor Nominal pesos trescientos siete millones doscientos cincuenta y siete mil (VN $307.257.000);

 

Que a la fecha no se ha efectivizado el rescate de las mismas;

 

Que, consecuentemente, el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza a la suma de Valor Nominal pesos trescientos siete millones doscientos cincuenta y siete mil (VN $307.257.000);

 

Que el artículo 40 de la Ley Nº 14552 determina que para el caso que el plazo de reembolso de las Letras que se emitan excedan el ejercicio financiero, se transformarán en Deuda Pública, para ello corresponderá cumplir con los requisitos fijados en el Título III de la Ley Nº 13767, ello en concordancia con lo previsto en el artículo 76 infine de la Ley Nº 13767;

 

Que el artículo 57 de la Ley Nº 13767 define que el Crédito Público se regirá por la citada Ley, su reglamentación y las leyes que aprueben las operaciones específicas;

 

Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el Valor Nominal en circulación;

 

Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;

 

Que por ello mediante la Resolución Nº 7/14 del Ministerio de Economía, se han establecido los términos y condiciones del Segundo Tramo de Emisión de Letras del Tesoro para el ejercicio 2014 por un monto de hasta Valor Nominal pesos cincuenta millones (VN $50.000.000) y dólares estadounidenses diez millones (VN USD10.000.000);

 

Que en particular el artículo 1º de la Resolución Nº 7/14 del Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a setenta (70) días con vencimiento el 10 de abril de 2014, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000);

 

Que asimismo el artículo 2º de la Resolución citada precedentemente establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento ochenta y nueve (189) días con vencimiento el 7 de agosto de 2014, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000);

 

Que el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a trescientos treinta y cuatro (334) días con vencimiento el 30 de diciembre de 2014, por un monto de hasta Valor Nominal dólares estadounidenses diez millones (VN USD10.000.000);

 

Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en cuestión;

 

Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.), a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado, en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con Letras;

 

Que el artículo 4º de la Resolución Nº 7/14 autoriza a la Subsecretaria de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, a establecer la variable de

corte, elaborar el ordenamiento y el listado de preadjudicación de las ofertas recibidas desde el M.A.E.;

 

Que conforme al artículo 6º de la Resolución antes mencionada, la Subsecretaria de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, se encuentra facultada a ampliar el monto a ser colocado, así como a declarar total o parcialmente desierta la licitación pública según se determine;

 

Que conforme al artículo 7º de la Resolución referida, la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público conformó la adjudicación e informó a esta Tesorería General de la Provincia el resultado de la licitación pública;

 

Que la Contaduría General de la Provincia ha tomado la intervención de su competencia en el acto licitatorio;

 

Que los respectivos Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro serán depositados en el sistema de depósito colectivo administrado por la Caja de Valores Sociedad Anónima, en su calidad de entidad depositaria conforme lo establecido por la Ley Nº 20643;

 

Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del límite establecido en la Ley Nº 14552 de Presupuesto para el Ejercicio 2014;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes Nº 13767 y 14393 y el Decreto Nº 3260/08.

 

Por ello,

 

EL TESORERO GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a setenta (70) días con vencimiento el 10 de abril de 2014 por un importe de Valor Nominal pesos ciento treinta y cinco millones cuatrocientos cincuenta y tres mil (VN $135.453.000) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:

 

a) Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a setenta (70) días con vencimiento el 10 de abril de 2014”.

b) Moneda de emisión y pago: Pesos.

c) Integración: Pesos.

d) Fecha de licitación: 29 de enero de 2014.

e) Fecha de emisión: 30 de enero de 2014.

f) Fecha de liquidación: 30 de enero de 2014.

g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos ciento treinta y cinco millones cuatrocientos cincuenta y tres mil (VN $135.453.000).

h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).

i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.

j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.

k) Plazo: setenta (70) días.

l) Vencimiento: 10 de abril de 2014.

m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.

n) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.

ñ) Régimen de colocación: licitación pública.

o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.

p) Tipo de Oferta: oferta parcial.

q) Importe de las ofertas:

1 ) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).

2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).

3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).

r) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.

s) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.

t) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.

u) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.

v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:

1 ) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.

2 ) Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores Sociedad Anónima, únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima.

Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.

w) Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la  Provincia de Buenos Aires.

x) Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.

y) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes, a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.

z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.

a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.

b’) Legislación aplicable: Argentina.

c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

 

ARTÍCULO 2º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ciento ochenta y nueve (189) días con vencimiento el 7 de agosto de 2014 por un importe de Valor Nominal pesos doscientos setenta y un millones ciento sesenta y ocho mil (VN $271.168.000) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:

a) Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ciento ochenta y nueve (189) días con vencimiento el 7 de agosto de 2014”.

b) Moneda de emisión y pago: Pesos.

c) Integración: Pesos.

d) Fecha de licitación: 29 de enero de 2014.

e) Fecha de emisión: 30 de enero de 2014.

f) Fecha de liquidación: 30 de enero de 2014.

g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos doscientos setenta y un millones ciento sesenta y ocho mil (VN $271.168.000).

h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).

i) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés variable.

j) Precio de emisión: a la par.

k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.

l) Interés:

1 ) Tasa aplicable: se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón ($1.000.000) de treinta (30) a treinta y cinco (35) días, – Badlar Bancos Privados – o aquella que en el futuro la sustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias publicadas por el Banco Central de la República Argentina desde los diez (10) días hábiles anteriores al inicio de cada período de interés y hasta los diez (10) días hábiles anteriores al vencimiento de cada servicio de interés más un margen fijo resultante de la licitación expresado en porcentaje (%) nominal anual.

2 ) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.

3 ) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2) servicios de interés, el primero de ellos, el 7 de mayo de 2014 y el segundo, el 7 de agosto de 2014. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.

4 ) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.

m) Plazo: ciento ochenta y nueve (189) días.

n) Vencimiento: 7 de agosto de 2014.

ñ) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya

o) Régimen de colocación: licitación pública.

p) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.

q) Tipo de Oferta: oferta parcial.

r) Importe de las ofertas:

1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).

2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).

3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).

s) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.

t) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.

u) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.

v) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.

w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:

1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.

2) Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores, únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima.

Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.

x) Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

y) Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.

z) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes, a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.

a’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.

b’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.

c’) Legislación aplicable: Argentina.

d’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

 

ARTÍCULO 3º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a trescientos treinta y cuatro (334) días con vencimiento el 30 de diciembre de 2014 por un importe de Valor Nominal dólares estadounidenses ochocientos cinco mil doscientos (VN USD 805.200) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:

a) Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en dólares estadounidenses a trescientos treinta y cuatro (334) días con vencimiento el 30 de diciembre de 2014”.

b) Moneda de emisión: Dólares estadounidenses.

c) Moneda de integración y pago: Pesos, al tipo de cambio aplicable.

d) Tipo de Cambio Aplicable: el Tipo de Cambio ARS/USD del tercer día hábil inmediato anterior a la fecha de integración y/o pago, según corresponda, que resulte mayor entre (i) el tipo de cambio vendedor “billete” publicado por el Banco de la Nación Argentina y (ii) el tipo de cambio publicado por Emerging Markets Traders Association (“EMTA”) en su página web www.emta.org (sección “FX Rates - EMTA Rate Quotation Services - EMTA ARS Industry Survey - Historical Rate”) como tasa de referencia para la liquidación de contratos de futuro. En caso de que el tipo de cambio no fuera publicado por EMTA, éste será reemplazado por el publicado por el Banco Central de la República Argentina, de conformidad con lo establecido por la Comunicación “A” 3.500.

e) Fecha de licitación: 29 de enero de 2014.

f) Fecha de emisión: 30 de enero de 2014.

g) Fecha de liquidación: 30 de enero de 2014.

h) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal dólares estadounidenses ochocientos cinco mil doscientos (VN USD 805.200).

i) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal dólares estadounidenses cien (VN USD100).

j) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés fijo.

k) Precio de emisión: a la par.

l) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.

m) Interés:

1 ) Tasa aplicable: será la tasa fija resultante del proceso licitatorio, expresado en porcentaje (%) nominal anual.

2 ) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.

3 ) Fecha de pago de interés: se pagarán cuatro (4) servicios de interés, el primero de ellos, el 28 de marzo de 2014; el segundo, el 30 de junio de 2014; el tercero, el 30 de septiembre de 2014; y el cuarto, 30 de diciembre de 2014. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.

4 ) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.

n) Plazo: trescientos treinta y cuatro (334) días.

o) Vencimiento: 30 de diciembre de 2014.

ñ) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya

p) Régimen de colocación: licitación pública.

q) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.

r) Tipo de Oferta: oferta parcial.

s) Importe de las ofertas:

1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal dólares estadounidenses cien mil (VN USD100.000) y múltiplo de Valor Nominal dólares estadounidenses diez mil (VN USD10.000).

2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal dólares estadounidenses un mil (VN USD1.000) y múltiplo de Valor Nominal dólares estadounidenses un mil (VN USD1.000). El importe máximo será de Valor Nominal dólares estadounidenses noventa y nueve mil (VN USD99.000).

3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal dólares estadounidenses un mil (VN USD1.000) y múltiplo de Valor Nominal dólares estadounidenses cien (VN USD100). El importe máximo será de Valor Nominal dólares estadounidenses noventa y nueve mil novecientos (VN USD99.900).

t) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.

u) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.

v) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.

w) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.

x) Participantes: podrán participar de las licitaciones:

1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.

2) Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores, únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima. Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.

y) Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.

z) Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.

a’) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes, a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.

b’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.

c’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.

d’) Legislación aplicable: Argentina.

e’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

 

ARTÍCULO 4º. Los gastos, incluidas las comisiones, que se originen en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras del Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General de la Administración Provincial – Jurisdicción 1.1.1.08.02: Obligaciones del Tesoro y Créditos de Emergencia – PAN 007-GRU 005-

Finalidad 1 Función 3 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 3 Partida Subprincipal 5 Partida Parcial 5, en lo que respecta a "Comisiones y gastos bancarios", y Finalidad 5 Función 1 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 7 Partida Subprincipal 1 Partida Parcial 1 en lo atinente a los intereses que devengue.

 

ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar a la Contaduría General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Amilcar Zufriategui

Tesorero General

C.C. 940