DECRETO 11653/58
LA PLATA, 15 de DICIEMBRE de 1958.
VISTO el Decreto número 10860, de fecha 18 de Noviembre de 1958, dictado en el expediente número 260074141/58, reglamentario de la Ley número 5906 por la que se autoriza la equiparación de las remuneraciones del personal docente dependiente del Ministerio de Educación a las que goza el Magisterio de Jurisdicción Nacional; y,
CONSIDERANDO:
Que es necesario determinar en el artículo 6° de dicho Decreto la cifra absoluta correspondiente a la asignación para el cargo de maestro de taller (por hora), la que se omitió considerar;
Por ello,
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Rectificase el artículo 6° del Decreto número 10860, de fecha 18 de Noviembre de 1958, determinando para la ENSEÑANZA VOCACIONAL las siguientes cifras absolutas como asignación por cargo:
Asesor docente 5.900
Inspector de enseñanza 6.500
Director de 1a. 5.100
Vicedirector de 1a. 4.800
Secretario 3.300
Profesor (por hora) 200
Maestro de taller (por hora) 100
Preceptor 1.100
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Educación y de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial, tome conocimiento el Ministerio de Educación y pase a la Dirección de Finanzas del Ministerio de Economía y Hacienda y a la Contaduría General de la Provincia a sus demás efectos.