LEY 11219

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY

 

ARTICULO 1.- Declárase Monumento Histórico Provincial  al Palacio de Justicia, ubicado en las calles 13, 14, 47 y 48, de la ciudad de La Plata.

 

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.