DEPARTAMENTO DE ECONOMIA

DECRETO 785

La Plata, 26 de mayo de 2003.
Expte. 5200-9174/03.

Exceptúase en la H. Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires de lo dispuesto en el art. 9º del Decreto 28/02 en la redacción dada por el art. 1º del Decreto 40/02, en cuanto a la liquidación y pago de los servicios extraordinarios que presten en dicho Organismo comprendido en los meses de febrero y octubre de 2003, a los siguientes agentes Scaziga, Raúl Martín y otros.