DECRETO 469/63

 

La Plata, 8 de noviembre de 1963.

 

Visto el expediente número 2400-6745 del año 1962 y sus agregados, del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por decreto nº 12.339 de fecha 14 de diciembre de 1958, obrante en copia fotográfica a fs. 41/42 del expediente agregado nº 2404-1.637/957, se acordó a la firma Pagliettini y Cía. S.R.L. la ocupación precaria de una fracción de tierra ubicada en el Partido de Avellaneda, afectada al régimen de la Ley 5797 y su decreto reglamentario nº 2601 del 7 de marzo de 1955;

 

Que la citada fracción es parte de una mayor extensión expropiada oportunamente, de acuerdo con lo dispuesto por decreto nº 30.759/48, con destino a la instalación de un depósito general de distribución de materiales destinados a obras públicas;

 

Que don José Penco, anterior titular del dominio de una de las fracciones expropiadas, formuló la interpelación judicial previa a la acción de retrocesión de dominio, que establece el artículo 45º de la Ley 5708 modificado por Ley 6237;

 

Que la Sociedad mencionada “ut-supra”, ofrece en carácter de donación la construcción de un galpón, en el bien en cuestión, destinado a depósito general de distribución de materiales y que por tanto cumpliría con la función determinante de la expropiación;

 

Por ello, lo informado por el Ministerio de Obras Públicas y la Contaduría General de la Provincia, lo dictaminado por el señor Asesor General de Gobierno y la vista del señor Fiscal de Estado,

 

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el Ministerio de Economía y Hacienda (Departamento de Inmuebles del Estado) a transferir a la Dirección de Hidráulica, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, la posesión del inmueble designado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN I – SECCIÓN N – MANZANA 89 – PARCELAS 1 y 14 del Partido de AVELLANEDA, a fin de aplicarlo de inmediato al destino que motivará su expropiación.

 

ARTÍCULO 2º.- Acéptase el ofrecimiento formulado a fs. 27 por la firma PAGLIETTINI Y CÍA. S.R.L., de construcción y donación al Fisco de la Provincia de un galpón de aproximadamente 7m. por 25m., en chapa, que será utilizado como depósito general de distribución de materiales destinados a obras públicas que realice “por administración” la Dirección de Hidráulica.

 

ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la firma mencionada en el artículo anterior a continuar la ocupación precaria del terreno que oportunamente le fuera acordado, abonando el importe correspondiente, mientras no dificulte o entorpezca las tareas que en él desarrollará la Dirección de Hidráulica, debiendo en caso contrario proceder a su desocupación.

 

ARTÍCULO 4º.-  Desaféctase del régimen que determina la Ley 5797 al inmueble referido en el artículo 1º.

 

ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de OBRAS PÚBLICAS y de ECONOMÍA y HACIENDA.

 

ARTÍCULO 6º.- Previa notificación del señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial.