Fundamentos de la Ley 11331
Compuesta de
veinticinco artículos, Al efecto de reconocer a las comunidades indígenas, se habilita un registro para la posterior obtención de la personería jurídica respectiva. Se crea además un Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, el cual contará con un Consejo de Coordinación y un Consejo Asesor. El título IV referido a la adjudicación de las tierras contiene siete artículos los cuales disponen entre otras cosas, la inscripción de tierras aptas para explotación agropecuaria, forestal, minera, industrial y artesanal, de acuerdo a las características de las comunidades. Adquiere una gran prioridad, la intensificación de los servicios de educación y cultura en las áreas de asentamiento de las comunidades indígenas y los planes de salud coordinados entre la nación y las provincias para la prevención y recuperación de la salud física y psíquica de los miembros, declarando prioritario el diagnóstico y tratamiento mediante el control periódico de enfermedades contagiosas, endémicas y pandémicas. Creemos que la efectiva aplicación de los objetivos perseguidos que se anuncian por medio de la presente norma, podrán ser perfectamente aplicables en el territorio de la provincia de Buenos Aires, especialmente en las reservas que se encuentran en General Villegas (coliqueos) y el sur de la provincia de Buenos Aires, especialmente en Carmen de Patagones y diversos puntos de esa importante zona.
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