LEY 15241
EL SENADO YCÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN, CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1°.- Institúyese la “Fiesta Provincial de la Carbonada”, a realizarse anualmente el segundo fin de semana del mes de febrero en la localidad de Espartillar, partido de Saavedra.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires,en la ciudad de La Plata, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil veinte.