LEY 15241

EL SENADO YCÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN, CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Institúyese la “Fiesta Provincial de la Carbonada”, a realizarse anualmente el segundo fin de semana del mes de febrero en la localidad de Espartillar, partido de Saavedra.

ARTÍCULO 2°.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires,en la ciudad de La Plata, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil veinte.