Provincia de Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución N° 83/10

La Plata, 23 de junio de 2010

VISTO la Resolución Nº 264/10 del Ministerio de Economía, por la que se aprueban los términos y condiciones para la emisión del Octavo Tramo de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2010, las Leyes Nº 13767 y 14062, los Decretos Nº 3260/08 y 3264/08, las Resoluciones Nº 15/10 y 22/10 de la Tesorería General de la Provincia y

CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de la Ley Nº 13767 otorga a la Tesorería General de la Provincia la facultad de emitir Letras del Tesoro con la finalidad de cubrir deficiencias estacionales de caja por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General;
Que el artículo 43 de la Ley Nº 14062 de Presupuesto del Ejercicio 2010 fijó en la suma de Pesos dos mil quinientos millones ($2.500.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, el monto máximo de autorización para la emisión de Letras del Tesoro;
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el valor nominal en circulación;
Que mediante la Resolución Nº 15/10 y su modificatoria Nº 22/10 de la Tesorería General de la Provincia se aprobó un Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2010, que cuenta con un cronograma y establece los términos generales del mismo, por un monto máximo de hasta valor nominal pesos dos mil quinientos millones (VN $2.500.000.000) o su equivalente en moneda extranjera;
Que por Resoluciones Nº 18/10, 28/10, 32/10, 37/10, 48/10, 64/10 y 70/10 de la Tesorería General de la Provincia se emitieron los siete primeros tramos del Programa por un monto total de Valor Nominal pesos un mil trescientos sesenta y tres millones ochocientos tres mil (VN $1.363.803.000);
Que por Resoluciones Nº 29/10, 33/10, 38/10, 39/10, 43/10, 44/10, 52/10 y 53/10 de la Tesorería General de la Provincia se rescataron las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires por un monto total de Valor Nominal pesos seiscientos cincuenta y cinco millones novecientos cuarenta y dos mil (VN $655.942.000);
Que consecuentemente el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza la suma de Valor Nominal pesos setecientos siete millones ochocientos sesenta y un mil (VN $707.861.000);
Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por ello mediante la Resolución Nº 264/10 del Ministerio de Economía, se han establecido los términos y condiciones del Octavo Tramo del Programa de Emisión de Letras del Tesoro por un monto de hasta Valor Nominal pesos ochenta millones (VN $80.000.000);
Que en particular el artículo 1º de la Resolución Nº 264/10 del Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a cuarenta y nueve (49) días con vencimiento el 12 de agosto de 2010, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000);
Que asimismo el artículo 2º de la Resolución citada precedentemente establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a noventa y un (91) días con vencimiento el 23 de septiembre de 2010, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000);
Que finalmente el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento sesenta y nueve (169) días con vencimiento el 10 de diciembre de 2010, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000);
Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en cuestión;
Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.), a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado, en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con Letras;
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro serán depositados en el sistema de depósito colectivo administrado por la Caja de Valores Sociedad Anónima, en su calidad de entidad depositaria conforme lo establecido por la Ley Nº 20643;
Que el artículo 4º de la Resolución Nº 264/10 autoriza a la Subsecretaría de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, a establecer la variable de corte, elaborar el ordenamiento y el listado de preadjudicación de las ofertas recibidas desde el M.A.E.;
Que conforme al artículo 6º de la Resolución antes mencionada, la Subsecretaría de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, se encuentra facultada a ampliar el monto a ser colocado, así como a declarar total o parcialmente desierta la licitación pública según se determine;
Que conforme al artículo 7º de la Resolución referida, la Subsecretaría de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público conformó la adjudicación e informó a esta Tesorería General de la Provincia el resultado de la licitación pública;
Que en el informe señalado precedentemente y en virtud de la facultad emanada del artículo 6º de la Resolución invocada, la Subsecretaría de Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público declaró desierta la licitación para las Letras del Tesoro a emitir a ciento sesenta y nueve (169) días con vencimiento el 10 de diciembre de 2010, cuyos términos y condiciones financieras fueran establecidos en su artículo 3º;
Que la Contaduría General de la Provincia ha tomado la intervención de su competencia en el acto licitatorio;
Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del límite establecido en la Ley Nº 14062 de Presupuesto para el Ejercicio 2010;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes Nº 13767 y 14062 y el Decreto Nº 3260/08.
Por ello,

EL TESORERO GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a cuarenta y nueve (49) días con vencimiento el 12 de agosto de 2010 por un importe de Valor Nominal pesos ciento cuarenta y siete millones veintiocho mil (VN $147.028.000) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:


a) Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a cuarenta y nueve (49) días con vencimiento el 12 de agosto de 2010”.
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de la Licitación: 23 de junio de 2010.
d) Fecha de Emisión: 24 de junio de 2010.
e) Fecha de Liquidación: 24 de junio de 2010.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos ciento cuarenta y siete millones veintiocho mil (VN $147.028.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos uno (VN $1).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: cuarenta y nueve (49) días.
j) Vencimiento: 12 de agosto de 2010.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:


1 ) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000).
3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
r) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:

1 ) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores Sociedad Anónima, únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
v) Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
w) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina
a´) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

ARTÍCULO 2º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a noventa y un (91) días con vencimiento el 23 de septiembre de 2010 por un importe de Valor Nominal pesos noventa y ocho millones ochocientos cincuenta y siete mil (VN $98.857.000) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:


a) Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a noventa y un (91) días con vencimiento el 23 de septiembre de 2010”.
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de la Licitación: 23 de junio de 2010.
d) Fecha de Emisión: 24 de junio de 2010.
e) Fecha de Liquidación: 24 de junio de 2010.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos noventa y ocho millones ochocientos cincuenta y siete mil (VN $98.857.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos uno (VN $1).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: noventa y un (91) días.
j) Vencimiento: 23 de septiembre de 2010.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1 ) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000).
3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
r) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores Sociedad Anónima, únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
v) Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
w) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a´) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.


ARTÍCULO 3º. Los gastos, incluidas las comisiones, que se originen en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras del Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2010 – Ley Nº 14062 – Sector Público Provincial No Financiero – Administración Provincial – Administración Central – Jurisdicción 08 – Jurisdicción Auxiliar 02: Obligaciones del Tesoro y Créditos de Emergencia – PAN 007-GRU 005 – Finalidad 1 Función 3 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 3 Partida Subprincipal 5 Partida Parcial 5, en lo que respecta a "Comisiones y gastos bancarios", y Finalidad 5 Función 1 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 7 Partida Subprincipal 1 Partida Parcial 1 en lo atinente a los intereses que devengue.

ARTÍCULO 4º. Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Ruben Telechea
Subtesorero General
C.C. 7906