Decreto 656/2020

La Plata, 29 de julio de 2020

VISTO el expediente N° EX-2020-14297010-GDEBA-DPTLMIYSPGP, por el cual tramita la aprobación de un aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital a favor de Buenos AiresGAS S.A. (BAGSA), y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1094/03 se ha declarado de interés público la construcción y explotación de redes de distribución de gas domiciliario en aquellas localidades de la provincia de Buenos Aires que carecen de suministro, y se encomendó al entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos a desregular los monopolios en los mercados de distribución de gas, haciendo desafiables áreas que no atienden los concesionarios a cargo de la distribución, de manera de asegurar una adecuada expansión de las redes que permita obtener como resultado un mayor beneficio a los usuarios;

Que mediante el Decreto Nº 28/04 y la Ley N°13.358, se dispone la constitución de Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA) y se aprueba su Estatuto Societario;

Que la empresa Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA) solicita un aporte de fondos por la suma de pesos doscientos diez millones ($210.000.000), para asegurar la sustentabilidad de las actividades, preservando el equilibrio económico y el estado de situación patrimonial de la empresa;

Que la Ley N° 13.358 en su artículo 6° faculta al Ministerio de Economía – actualmente Ministerio de Hacienda y Finanzas conforme a la Ley N° 15.164 - para que efectúe las adecuaciones presupuestarias correspondientes cuando resultaren necesarios aportes transitorios o irrevocables;

Que ha tomado intervención la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Hacienda y Finanzas en la adecuación presupuestaria requerida al Presupuesto General Ejercicio 2019 -Ley N° 15.078- prorrogado para el Ejercicio 2020 por Ley N° 15.165, por la suma de pesos doscientos diez millones ($210.000.000);

Que mediante la Resolución Nº 349/2020 del Ministerio de Hacienda y Finanzas se efectuó la adecuación de créditos dentro del total aprobado para el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, con el objeto de realizar el aporte de capital a BAGSA;

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.358 y artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTICULO 1º: Aprobar, en el marco de la Ley Nº 13.358 y el Decreto Nº 28/04, un aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social a favor de Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA), por la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MILLONES ($210.000.000), para el funcionamiento y operatoria de la mencionada sociedad.

ARTÍCULO 2°: Autorizar al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos a integrar el aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital aprobado en el artículo precedente conforme a la imputación presupuestaria establecida en el artículo 3°, de acuerdo al cronograma que como Anexo Único (IF 2020-14759031-GDEBA-DPRMIYSPGP) forma parte integrante del presente.

ARTICULO 3º: El gasto que menciona el artículo primero será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2019 -Ley N° 15.078, prorrogado para el Ejercicio 2020 por Ley N° 15165, Jurisdicción 1.1.1.14.00.000: Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos – Unidad Ejecutora 137 – Programa4, Actividad 4: Distribución de gas – Finalidad 4 – Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1– Inciso 6 – Principal 1 – Parcial 2 – Subparcial 3: Aportes a Buenos Aires Gas SA – UG 999.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamento de Infraestructura y Servicios Públicos, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTICULO 5º: Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a Buenos Aires Gas S.A., publicar, comunicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Augusto Eduardo Costa, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador

 

ANEXO UNICO

 

 

 

 

 

MES

 

APORTE BAGSA

JULIO 2020

$ 70.000.000

AGOSTO 2020

$ 70.000.000

SEPTIEMBRE 2020

$ 35.000.000

OCTUBRE 2020

$ 35.000.000

 

TOTAL

 

$ 210.000.000