Decreto 656/2020
La Plata, 29 de julio de 2020
VISTO el expediente N° EX-2020-14297010-GDEBA-DPTLMIYSPGP, por el cual tramita la aprobación de un aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital a favor de Buenos AiresGAS S.A. (BAGSA), y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1094/03 se ha declarado de interés público la construcción y explotación de redes de distribución de gas domiciliario en aquellas localidades de la provincia de Buenos Aires que carecen de suministro, y se encomendó al entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos a desregular los monopolios en los mercados de distribución de gas, haciendo desafiables áreas que no atienden los concesionarios a cargo de la distribución, de manera de asegurar una adecuada expansión de las redes que permita obtener como resultado un mayor beneficio a los usuarios;
Que mediante el Decreto Nº 28/04 y la Ley N°13.358, se dispone la constitución de Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA) y se aprueba su Estatuto Societario;
Que la empresa Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA) solicita un aporte de fondos por la suma de pesos doscientos diez millones ($210.000.000), para asegurar la sustentabilidad de las actividades, preservando el equilibrio económico y el estado de situación patrimonial de la empresa;
Que la Ley N° 13.358 en su artículo 6° faculta al Ministerio de Economía – actualmente Ministerio de Hacienda y Finanzas conforme a la Ley N° 15.164 - para que efectúe las adecuaciones presupuestarias correspondientes cuando resultaren necesarios aportes transitorios o irrevocables;
Que ha tomado intervención la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Hacienda y Finanzas en la adecuación presupuestaria requerida al Presupuesto General Ejercicio 2019 -Ley N° 15.078- prorrogado para el Ejercicio 2020 por Ley N° 15.165, por la suma de pesos doscientos diez millones ($210.000.000);
Que mediante la Resolución Nº 349/2020 del Ministerio de Hacienda y Finanzas se efectuó la adecuación de créditos dentro del total aprobado para el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, con el objeto de realizar el aporte de capital a BAGSA;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.358 y artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTICULO 1º: Aprobar, en el marco de la Ley Nº 13.358 y el Decreto Nº 28/04, un aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social a favor de Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA), por la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MILLONES ($210.000.000), para el funcionamiento y operatoria de la mencionada sociedad.
ARTÍCULO 2°: Autorizar al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos a integrar el aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital aprobado en el artículo precedente conforme a la imputación presupuestaria establecida en el artículo 3°, de acuerdo al cronograma que como Anexo Único (IF 2020-14759031-GDEBA-DPRMIYSPGP) forma parte integrante del presente.
ARTICULO 3º: El gasto que menciona el artículo primero será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2019 -Ley N° 15.078, prorrogado para el Ejercicio 2020 por Ley N° 15165, Jurisdicción 1.1.1.14.00.000: Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos – Unidad Ejecutora 137 – Programa4, Actividad 4: Distribución de gas – Finalidad 4 – Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1– Inciso 6 – Principal 1 – Parcial 2 – Subparcial 3: Aportes a Buenos Aires Gas SA – UG 999.
ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamento de Infraestructura y Servicios Públicos, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTICULO 5º: Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a Buenos Aires Gas S.A., publicar, comunicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Augusto Eduardo Costa, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador
ANEXO UNICO
MES |
APORTE BAGSA |
JULIO 2020 |
$ 70.000.000 |
AGOSTO 2020 |
$ 70.000.000 |
SEPTIEMBRE 2020 |
$ 35.000.000 |
OCTUBRE 2020 |
$ 35.000.000 |
TOTAL |
$ 210.000.000 |