Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1553

 

La Plata, 7 de septiembre de 2016.

 

VISTO el expediente 2900-17945/05 alcance 2 por el cual la Dirección Provincial de Registro y Fiscalización Sanitaria solicita actualizar el Valor Básico Módulo establecido por Resolución Nº 4.690 de fecha 27 de julio de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Resolución 115/10 se aprobaron los Anexos I a VII por los cuales se detallan los valores expresados en módulos de los trabajos que en concepto de gastos por cuenta de terceros ingresan a la cuenta Ministerio de Salud – Dirección Provincial de Saneamiento -, creada por Resolución 3.608/96;

 

Que por Resolución 4690 de fecha 27 de julio de 2015 se actualizó el valor Básico Módulo establecido por Resolución Nº 2.064 de fecha 21 de mayo de 2014, fijándolo en la suma de pesos novecientos veinte ($ 920);

 

Que la Subsecretaría de Gestión y Contralor del Conocimiento, Redes y Tecnologías Sanitarias solicita la presente adecuación, aplicando el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) publicado por el INDEC en la Web, por el período de aplicación: enero a octubre de 2015, del cual surge un nuevo valor para el módulo equivalente a pesos un mil ciento dieciséis ($ 1.116), en reemplazo del último vigente de pesos novecientos veinte ($ 920);

 

Que cabe señalar que el Artículo 27 de la Ley Nº 13.767 establece que los gastos que demande la atención de trabajos o servicios solicitados por terceros u otros Organismos Nacionales, de otras Provincias o Municipios, con fondos provistos por ello y por lo tanto no constituyan autorizaciones para gastar emergentes del presupuesto, se denominan “Gastos por Cuenta de Terceros”;

 

Que por lo expuesto, procede hacer lugar a la gestión que se promueve;

 

Que en tal sentido se han expedido Asesoría General de Gobierno a fojas y Contaduría General de la Provincia a fojas ;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 de la Ley Nº 14.803;

 

Por ello,

 

LA MINISTRA DE SALUD,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Fijar el Valor Básico Módulo en la suma de pesos un mil ciento dieciséis ($ 1.116), a los efectos de la estimación de los trabajos que en concepto de gastos por cuenta de terceros ingresan en la cuenta Ministerio de Salud -Dirección Provincial de Saneamiento-, creada por Resolución 3.608/96.

 

ARTÍCULO 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y pasar a la Dirección Provincial de Registro y Fiscalización Sanitaria, a sus efectos. Cumplido, archivar.

 

Zulma Ortiz

Ministra de Salud

C.C. 12.536