Provincia de Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución Nº 603/15
VISTO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de
Que el artículo 37 de
Que el artículo 56 de
Que en virtud de las autorizaciones otorgadas por los
artículos 37 y 56 mencionados, se aprobó por Resolución Nº 942/14 y su
modificatoria Nº 196/15 de Tesorería General de
Que por Resoluciones Nº 951/14, 38/15, 80/15, 111/15,
161/15, 235/15, 325/15, 357/15, 429/15, 495/15 y 570/15 de
Que por Resolución Nº 514/15 de
Que, como consecuencia, el monto global de emisión de Letras del Tesoro alcanza la suma de Valor Nominal pesos once mil cincuenta y siete millones ochocientos setenta y nueve mil (VN $11.057.879.000);
Que por Resoluciones 8/15, 39/15, 92/15, 9/15, 40/15,
93/15, 133/15, 10/15, 185/15, 134/15, 255/15, 41/15, 330/15, 186/15, 94/15,
135/15, 331/15, 256/15 y 390/15 de
Que el artículo 37 de
Que el artículo 57 de
Que por Resolución Nº 171/15 de
Que por Resolución Nº 143/15 de
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el Valor Nominal en circulación;
Que, consecuentemente, el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza a la suma de Valor Nominal pesos cuatro mil trescientos setenta y tres millones cuatrocientos setenta y nueve mil (VN $4.373.479.000);
Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por el artículo 12 de
Que por ello mediante
Que en particular el artículo 1º de
Que asimismo el artículo 2º de la resolución citada precedentemente establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento doce (112) días con vencimiento el 17 de diciembre de 2015, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000);
Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en cuestión;
Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.), a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado, en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con Letras;
Que el artículo 3º de
Que conforme al artículo 5º de
Que conforme al artículo 6º de
Que
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas
Letras del Tesoro serán depositados en el sistema de depósito colectivo administrado
por
Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del
límite establecido en
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes Nº 13767 y 14652 y el Decreto Nº 3260/08.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 26 de agosto de 2015.
e) Fecha de emisión: 27 de agosto de 2015.
f) Fecha de liquidación: 27 de agosto de 2015.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos trescientos setenta y cinco millones doscientos cincuenta y seis mil (VN $375.256.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k) Plazo: cuarenta y nueve (49) días.
l) Vencimiento: 15 de octubre de 2015.
m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
n) Garantía: recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias sobre Relación Financiera
y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
ñ) Régimen de colocación: licitación pública.
o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p) Tipo de Oferta: oferta parcial.
q) Importe de las ofertas:
1 ) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
r) Forma de liquidación: a través de MAEClear o Argenclear S.A. o de otra entidad compensadora que se designe a tal efecto.
s) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en el Mercado de Valores Sociedad Anónima a partir
de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores
autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por
t) Titularidad: estarán representadas por un Certificado
Global a ser depositado en
u) Comisiones: tendrán derecho a comisión todos los agentes y/o mercados que presenten posturas ante el M.A.E. en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w) Agente de cálculo: será
x) Agente Financiero: Banco de
y) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán
mediante la transferencia de los importes correspondientes, a
z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b’) Legislación aplicable: Argentina.
c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 26 de agosto de 2015.
e) Fecha de emisión: 27 de agosto de 2015.
f) Fecha de liquidación: 27 de agosto de 2015.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos ciento sesenta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil (VN $164.454.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés variable.
j) Precio de emisión: a la par.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
l) Interés:
1 ) Tasa aplicable: se determinará como el promedio
aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de
pesos un millón ($1.000.000) de treinta (30) a treinta y cinco (35) días, – Badlar Bancos Privados – o aquella que en el futuro la
sustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias publicadas por el
Banco Central de
2 ) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento excluyendo a esta última.
3 ) Fecha de pago de interés: se pagará un (1) servicio de interés, el 17 de diciembre de 2015. Si la fecha de pago no fuere un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
4 ) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
m) Plazo: ciento doce (112) días.
n) Vencimiento: 17 de diciembre de 2015.
ñ) Garantía: recursos provenientes del Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los
artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y
Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
o) Régimen de colocación: licitación pública.
p) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
q) Tipo de Oferta: oferta parcial.
r) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
s) Forma de liquidación: a través de MAEClear o Argenclear S.A. o de otra entidad compensadora que se designe a tal efecto.
t) Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E. y en el Mercado de Valores Sociedad Anónima a partir
de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores
autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por
u) Titularidad: estarán representadas por un Certificado
Global a ser depositado en
v) Comisiones: tendrán derecho a comisión todos los agentes y/o mercados que presenten posturas ante el M.A.E. en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
x) Agente de cálculo: será
y) Agente Financiero: Banco de
z) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán
mediante la transferencia de los importes correspondientes, a
a’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
b’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
c’) Legislación aplicable: Argentina.
d’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Los gastos, incluidas las comisiones, que se
originen en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras
del Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General de
Obligaciones del Tesoro y Créditos de Emergencia – PAN 007-GRU 005- Finalidad 1 Función 5 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 3 Partida Subprincipal 5 Partida Parcial 5, en lo que respecta a "Comisiones y gastos bancarios", y Finalidad 5 Función 1 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 7 Partida Subprincipal 1 Partida Parcial 1 en lo atinente a los intereses que devengue.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar a
Ruben Telechea
Subtesorero General
C.C. 10.186