Provincia de Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución N° 91/16
VISTO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76
de
Que el artículo 38
de
Que el artículo 56
de
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el Valor Nominal en circulación;
Que por Resolución
Nº 17/16, y su modificatoria N° 64/16, ambas de Tesorería General de
Que por
Resoluciones Nº 961/15 y N° 50/16 de
Que a la fecha no se ha efectivizado el rescate de las mismas;
Que, consecuentemente, el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza a la suma de Valor Nominal pesos cuatro mil doscientos ocho millones cuatrocientos trece mil (VN $4.208.413.000);
Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por ello
mediante
Que en particular
el artículo 1º de
Que asimismo el artículo 2º de la resolución citada precedentemente establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a noventa y un (91) días con vencimiento el 12 de mayo de 2016, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000);
Que el artículo 3º de la referida resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento ochenta y dos (182) días con vencimiento el 11 de agosto de 2016, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000);
Que el artículo 4º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a trescientos ocho (308) días con vencimiento el 15 de diciembre de 2016, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000);
Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en cuestión;
Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.), a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado, en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con Letras;
Que el artículo 5º
de
Que conforme al
artículo 7º de
Que conforme al
artículo 8º de
Que
Que los
respectivos Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro serán depositados
en el sistema de depósito colectivo administrado por
Ley Nº 20643;
Que las emisiones
adjudicadas están contenidas dentro del límite establecido en
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes Nº 13767 y el Decreto Nº 3260/08.
Por ello,
EL TESORERO
GENERAL DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.
Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación:
“Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 10 de febrero de 2016.
e) Fecha de emisión: 11 de febrero de 2016.
f) Fecha de liquidación: 11 de febrero de 2016.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos un mil quinientos cuatro millones novecientos seis mil (VN $1.504.906.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k) Plazo: cincuenta y seis (56) días.
l) Vencimiento: 07 de abril de 2016.
m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
n) Garantía:
recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos,
ratificado por
ñ) Régimen de colocación: licitación pública.
o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p) Tipo de Oferta: oferta parcial.
q) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
r) Forma de liquidación: a través de MAECLEAR o la entidad compensadora que se designe a tal efecto.
s) Negociación: se
solicitará la negociación en el M.A.E. y en el Mercado de Valores de Buenos
Aires Sociedad Anónima a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados
autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por
t) Titularidad:
estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
u) Comisiones: tendrán derecho a comisión todos los agentes y/o mercados que presenten posturas ante el M.A.E. en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro.
La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w) Agente de
cálculo: será
x) Agente
Financiero: Banco de
y) Forma de pago
de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes, a
z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b’) Legislación aplicable: Argentina.
c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º.
Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación:
“Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 10 de febrero de 2016.
e) Fecha de emisión: 11 de febrero de 2016.
f) Fecha de liquidación: 11 de febrero de 2016.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos veinticuatro millones quinientos ochenta y ocho mil (VN $24.588.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
j) Precio de emisión: con descuento sobre su valor nominal, al precio que surja del proceso licitatorio.
k) Plazo: noventa y un (91) días.
l) Vencimiento: 12 de mayo de 2016.
m) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
n) Garantía:
recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos,
ratificado por
ñ) Régimen de colocación: licitación pública.
o) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
p) Tipo de Oferta: oferta parcial.
q) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
r) Forma de liquidación: a través de MAECLEAR o la entidad compensadora que se designe a tal efecto.
s) Negociación: se
solicitará la negociación en el M.A.E. y en el Mercado de Valores de Buenos
Aires Sociedad Anónima a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados
autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por
t) Titularidad:
estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
u) Comisiones: tendrán derecho a comisión todos los agentes y/o mercados que presenten posturas ante el M.A.E. en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro.
La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
v) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
w) Agente de
cálculo: será
x) Agente
Financiero: Banco de
y) Forma de pago
de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes, a
z) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
a’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
b’) Legislación aplicable: Argentina.
c’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º.
Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación:
“Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 10 de febrero de 2016.
e) Fecha de emisión: 11 de febrero de 2016.
f) Fecha de liquidación: 11 de febrero de 2016.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos quinientos noventa y dos millones cuatrocientos sesenta mil (VN $592.460.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés variable.
j) Precio de emisión: a la par.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
l) Interés:
1) Tasa aplicable:
se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para
depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón ($1.000.000) de treinta (30) a
treinta y cinco (35) días, – Badlar Bancos Privados –
o aquella que en el futuro la sustituya, calculado considerando las tasas
promedio publicadas diariamente por el Banco Central de
2) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2) servicios de interés, el primero de ellos, el 11 de mayo de 2016; y el segundo, el 11 de agosto de 2016. Si la fecha de pago no fuere un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
4) Convención de Intereses: días reales sobre la base de años de 365 días.
m) Plazo: ciento ochenta y dos (182) días.
n) Vencimiento: 11 de agosto de 2016.
ñ) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º
del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen
de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
o) Régimen de colocación: licitación pública.
p) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
q) Tipo de Oferta: oferta parcial.
r) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
s) Forma de liquidación: a través de MAECLEAR o entidad compensadora que se designe a tal efecto.
t) Negociación: se
solicitará la negociación en el M.A.E. y en el Mercado de Valores de Buenos
Aires Sociedad Anónima a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados
autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por
u) Titularidad:
estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
v) Comisiones: tendrán derecho a comisión todos los agentes y/o mercados que presenten posturas ante el M.A.E. en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
x) Agente de
cálculo: será
y) Agente
Financiero: Banco de
z) Forma de pago
de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes, a
a’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
b’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
c’) Legislación aplicable: Argentina.
d’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º.
Emitir Letras del Tesoro de
a) Denominación:
“Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Integración: Pesos.
d) Fecha de licitación: 10 de febrero de 2016.
e) Fecha de emisión: 11 de febrero de 2016.
f) Fecha de liquidación: 11 de febrero de 2016.
g) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos doscientos setenta millones ciento veintinueve mil (VN $270.129.000).
h) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
i) Tipo de instrumento: Letras con cupón de interés variable.
j) Precio de emisión: a la par.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
l) Interés:
1) Tasa aplicable:
se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para
depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón ($1.000.000) de treinta (30) a
treinta y cinco (35) días, – Badlar Bancos Privados –
o aquella que en el futuro la sustituya, calculado considerando las tasas
promedio publicadas diariamente por el Banco Central de
2) Cálculo de interés: se calcularán sobre el Valor Nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3) Fecha de pago de interés: se pagarán tres (3) servicios de interés, el primero de ellos, el 15 de junio de 2016; el segundo, el 15 de septiembre de 2016 y el tercero, el 15 de diciembre de 2016. Si la fecha de pago no fuere un día hábil bancario, el pago se realizará el día hábil bancario inmediato posterior.
4) Convención de Intereses: días reales sobre la base de años de 365 días.
m) Plazo: trescientos ocho (308) días.
n) Vencimiento: 15 de diciembre de 2016.
ñ) Garantía: recursos
provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a
lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación- Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por
o) Régimen de colocación: licitación pública.
p) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
q) Tipo de Oferta: oferta parcial.
r) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de Valor Nominal pesos un mil (VN $1.000).
El importe máximo será de Valor Nominal pesos cuatrocientos noventa y nueve mil (VN $499.000).
s) Forma de liquidación: a través de MAECLEAR o la entidad compensadora que se designe a tal efecto.
t) Negociación: se
solicitará la negociación en el M.A.E. y en el Mercado de Valores de Buenos
Aires Sociedad Anónima a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados
autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por
u) Titularidad:
estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
v) Comisiones: tendrán derecho a comisión todos los agentes y/o mercados que presenten posturas ante el M.A.E. en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
w) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
x) Agente de
cálculo: será
y) Agente
Financiero: Banco de
z) Forma de pago
de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes, a
a’) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
b’) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
c’) Legislación aplicable: Argentina.
d’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 5º. Los
gastos, incluidas las comisiones, que se originen en la emisión y/o contrataciones
relacionadas con la emisión de Letras del Tesoro, serán imputados con cargo al
Presupuesto General de
ARTÍCULO 6º.
Registrar, comunicar a
Facundo José Fernández
Subtesorero General
C.C 1.380