Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución N° 21/16

 

La Plata, 31 de marzo de 2016.

 

VISTO la Resolución Nº 12/16 de esta Autoridad de Aplicación y la necesidad de tomar medidas inmediatas en relación a la protección de la salud humana de la población en general, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la citada Resolución en el exordio establece una veda total para la extracción comercial, artesanal y/o turística de ostras en particular y gasterópodos (caracoles) en general, en la zona denominada ARBA 001 en el partido de Patagones.

 

Que la vigencia de la mencionada veda estaba condicionada hasta tanto los estudios y análisis correspondientes indiquen su aptitud para el consumo humano

 

Que conforme a los últimos resultados provenientes del Laboratorio del SENASA, los análisis realizados sobre ostras colectadas en el área clasificada como ARBA 001 han arrojado resultados de toxinas lipofílicas negativos.

 

Que esta condición sanitaria cumple con lo exigido en la Resolución 829/06 del SENASA para el levantamiento de vedas.

 

Que atento a lo expuesto, esta Autoridad considera oportuno y necesario dejar sin efecto la Resolución de este registro número 12/16 y en consecuencia permitir la extracción comercial, artesanal y/o turística de ostras en particular y gasterópodos en general.

 

Que conforme a lo estipulado por la Ley Nº 11.477 y su Decreto Reglamentario N° 3.237/95, esta Autoridad de Aplicación resulta competente para el dictado del presente acto administrativo.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Dejar sin efecto la Resolución N° 12/16 para la zona denominada ARBA 001 ubicada entre los paralelos 40° 12´ Longitud Sur, hasta 40° 29´ Longitud Sur hasta el meridiano 62° 10´ Longitud Oeste y hasta el margen continental, y en consecuencia permitir en dicha zona la extracción comercial., artesanal y/o turística de ostras en particular y gasterópodos en general.

 

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, notificar a la Prefectura Naval Argentina y al SENASA, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Leonardo J. Serquís

Ministro de Agroindustria

C.C. 3903