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Fundamentos de la Ley 11077
La sanción de la Ley 10.695, instrumentó la creación del boleto estudiantil secundario para los alumnos que concurrieran a establecimientos estatales de nivel medio. El artículo 2 de la ley previó que el beneficio se hiciera extensivo a los alumnos que concurrieran a establecimientos privados subvencionados en no menos del 80% por el Estado, pero omitió en su redacción aclarar a qué clase de subsidio se refería y al alcance del mismo. A efectos de poder precisar el sentido de la norma y facilitar su aplicación, es que venimos a proponer la modificación del texto vigente, definiendo con mayor exactitud el alcance del subsidio, coincidente por otra parte con el espíritu originario.
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