Fundamentos de la

Ley 11077

 

            La sanción de la Ley 10.695, instrumentó la creación del boleto estudiantil secundario para los alumnos que concurrieran a establecimientos estatales de nivel medio.

            El artículo 2 de la ley previó que el beneficio se hiciera extensivo a los alumnos que concurrieran a establecimientos privados subvencionados en no menos del 80% por el Estado, pero omitió en su redacción aclarar a qué clase de subsidio se refería y al alcance del mismo.

            A efectos de poder precisar el sentido de la norma y facilitar su aplicación, es que venimos a proponer la modificación del texto vigente, definiendo con mayor exactitud el alcance del subsidio, coincidente por otra parte con el espíritu originario.