ARTICULO 1.- Modifícase el inciso h)
del artículo 177° de la Ley 10.397 - Código Fiscal de la Provincia de Buenos
Aires - el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ Inciso h)
Los vehículos nuevos y/o usados adaptados especialmente al manejo de personas
discapacitadas y para uso exclusivo, siempre que reúnan los requisitos que
establezca la reglamentación”.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.