Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ECONOMÍA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
Disposición Técnico Registral Nº
6/14
Visto la Disposición Técnico Registral
Nº 12/2012, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1º de la Disposición Técnico
Registral citada en el Visto, se procedió a habilitar
el ingreso de oficios judiciales relacionados con medidas cautelares y
remitidos a través del Servicio Web desarrollado por la Suprema Corte de
Justicia de la Provincia
de Buenos Aires;
Que en dicha instancia, el procedimiento implementado se
limitó a los documentos librados por el Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Nº 14 del Departamento Judicial de La Plata, referentes a
inmuebles del partido de La
Plata;
Que no obstante ello, mediante el artículo 4º de la norma
referenciada anteriormente, se estableció la posibilidad de ir extendiendo
progresivamente el mismo servicio a distintos Juzgados y Departamentos
Judiciales;
Que en dicho marco, la Suprema Corte de
Justicia de la Provincia
de Buenos Aires procedió al dictado de la Resolución Nº 2354,
por medio de la cual resolvió ampliar los alcances de la Resolución Nº 2757
del año 2012, incorporando a la prueba piloto destinada a la comunicación
electrónica de las disposiciones referidas a la anotación y reinscripción de
medidas cautelares, su levantamiento y/o modificación, entre otros, al Juzgado
de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 17 del Departamento Judicial de
La Plata;
Que atento el favorable resultado obtenido mediante el
procedimiento oportunamente establecido, resulta procedente ampliar el mismo
con relación al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 17 del
Departamento Judicial de La
Plata;
Que el Director Provincial del Registro de la Propiedad, en uso de las
facultades que le confiere el artículo 52 del Decreto Ley Nº 11643/63,
concordante con los artículos 53 y 54 del Decreto Nº 5479/65, ostenta la
potestad de dictar Disposiciones Técnico Registrales.
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD,
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Extender el procedimiento establecido por la Disposición Técnico
Registral Nº 12/2012 a los documentos librados por el
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 17 del Departamento
Judicial de La Plata,
referentes a inmuebles del partido de La Plata.
ARTÍCULO 2º. Registrar como Disposición Técnico Registral. Comunicar a las Direcciones Técnica y de
Servicios Registrales, como así también a todas las Subdirecciones,
Departamentos y Delegaciones Regionales de este Organismo. Elevar a la Subsecretaría de
Hacienda. Poner en conocimiento del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos
Aires y de los restantes Colegios de Profesionales interesados. Publicar en el
Boletín Oficial y en el Sistema de información Normativa de la Provincia de Buenos
Aires (S.I.N.B.A.). Cumplido, archivar.
Roberto Daniel Prandini
Director Provincial
C.C. 6.471