DECRETO 1875/2023

LA PLATA, 9 de Octubre de 2023

VISTO e el expediente EX-2023-36907136-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual el doctor José Alberto VILLANTE presenta su renuncia al cargo de Juez del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 3 del Departamento Judicial San Isidro, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Nº 1599 del 31 de agosto de 2009, el doctor José Alberto VILLANTE fue designado Juez del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 3 del Departamento Judicial San Isidro;

Que el nombrado magistrado ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que sea aceptada a partir del 1° de septiembre de 2023;

Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto del doctor VILLANTE, en el marco de la Ley N° 8085;

Que se ha expedido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que tramitan actuaciones relacionadas con el doctor VILLANTE en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias, caratuladas “VILLANTE, José Alberto Titular del Juzgado de Responsabilidad Juvenil N°3 Departamento Judicial San Isidro. Denunciante PROCURADOR GENERAL Dr. CONTE GRAND, Julio Marcelo” identificadas bajo N°. SJ 644/22;

Que, al respecto, Asesoría General de Gobierno ha dictaminado que “en la medida que se verifique puntualmente al 1°de septiembre de 2023, la falta de configuración del extremo indicado en artículo 36 Ley N° 13.661, podrá el Gobernador, de estimarlo oportuno y conveniente, dictar el acto administrativo que acepte la renuncia presentada por el doctor José Alberto VILLANTE”;

Que, en virtud de ello, con fecha 11 de septiembre del corriente se ha expedido nuevamente la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires informando que en relación a las actuaciones relacionadas con el Doctor José Alberto VILLANTE, aun no se ha expedido el Honorable Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados en los términos del artículo 36 de la Ley 13.661. Asimismo, es dable destacar, que el mencionado Jurado no se ha pronunciado sobre su competencia en los términos del Art. 27 de la citada Ley;

Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones con relación al doctor VILLANTE respecto de la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que, la presente encuadra en el artículo 6° de la Ley N°15.164 y modificatoria y el Decreto N°11/20;

Que, asimismo, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 144 -proemio- y 175 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir del 1° de septiembre de 2023, la renuncia a los fines jubilatorios presentada por el doctor José Alberto VILLANTE (DNI N° 11.816.807 – Clase 1956) al cargo de Juez del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 3 del Departamento Judicial San Isidro.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda y Finanzas a cargo del despacho del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Pablo Julio López, a cargo del Despacho; AXEL KICILLOF, Gobernador