DEROGADO POR DEC.2126/09 AL DEROGAR EL DEC.322/07
DEPARTAMENTO DE
JEFATURA DE GABINETE Y GOBIERNO
DECRETO 2.800
La Plata, 12 de noviembre de 2008.
VISTO el expediente N° 2140-7544/08, por el cual se tramita la modificación de la estructura orgánico-funcional de la Unidad Gobernador aprobada por Decreto N° 322/07, y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 322/07 ubica a la Dirección de Coordinación Fotográfica como
dependiente de la Dirección Provincial de Imagen Institucional de la
Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales de la Unidad
Gobernador;
Que atento a razones operativas se propicia la transferencia de la Dirección de
Coordinación Fotográfica a la Dirección Provincial de Prensa y Difusión de la
Subsecretaría de Medios de la Unidad Gobernador;
Que han tomado intervención la Subsecretaría de la Modernización del Estado, la
Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y la Asesoría
General de Gobierno;
Que el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer a la
estructura organizativa de sus jurisdicciones;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1°. Aprobar y
modificar la estructura de la Coordinación General Unidad Gobernador con
respecto a las Subsecretarías de Imagen, Tecnología y Relaciones
Institucionales; y de Medios que fueran aprobadas por el Decreto N° 322/07, de
acuerdo a los organigramas y acciones que como anexos 1a, 1b y 2 forman parte
del presente
ARTICULO 2º. Dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a partir de la
fecha de publicación del presente acto, el titular de la Jurisdicción deberá
efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura
orgánico-funcional, como así también arbitrar los medios necesarios para la
elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a
la estructura organizativa aprobada por el artículo precedente, previa
intervención de los organismos y dependencias competentes.
ARTICULO 3º. Durante el transcurso del plazo fijado por el artículo precedente
las unidades orgánico-funcionales con nivel inferior a Director, oportunamente
aprobadas para la Dirección de Coordinación Fotográfica, mantendrán su
vigencia. La transferencia contempla los cargos y plantas de personal, créditos
presupuestarios, recursos económicos, financieros y materiales.
ARTICULO 4º. El Responsable de la Coordinación General Unidad Gobernador
propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias
para dar cumplimiento al presente acto administrativo que deberán ajustarse a
las previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
ARTICULO 5°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Jefatura de Gabinete y Gobierno y Economía.
ARTICULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al
Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (SINBA);
notificar a la Dirección Provincial de Gestión Pública de la Secretaría General
y pase a la Unidad Gobernador. Cumplido, archívese.
Alberto Pérez
Daniel
Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de Gobernador
Gabinete y Gobierno
Rafael Perelmiter
Ministro de Economía
ANEXO 1a
ANEXO 1 b
ANEXO 2
COORDINACION
GENERAL UNIDAD GOBERNADOR
ACCIONES
1. Entender en las actividades relacionadas con el protocolo de los actos
oficiales, ceremonias y reuniones que se lleven a cabo en la Gobernación.
2. Controlar la atención de las audiencias solicitadas al señor Gobernador.
3. Entender en todo lo referido a traslados de funcionarios de la Unidad
Gobernador, tanto en lo relativo al personal afectado a dicha tarea como al
material rodante asignados a tal fin.
4. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al
señor Gobernador.
5. Ejecutar el desarrollo del Portal Unico del Gobierno de la Provincia de
Buenos Aires, como así también supervisar las páginas Web institucionales de
las distintas jurisdicciones y/o organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
6. Entender en la política de imagen institucional del señor Gobernador.
7. Coordinar la transmisión, archivo, difusión e impresión del material
fotográfico generado por la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones
Institucionales.
8. Entender en las transmisiones televisivas y en la cobertura fotográfica de
los distintos actos del señor Gobernador.
9. Entender en los programas de publicidad y comunicación oficial.
10. Asistir en la implementación de los cursos de acción necesarios para
garantizar la difusión y conocimiento general de la actividad oficial de los
actos de gobierno y la información de interés público.
11. Coordinar las políticas a seguir en materia de contrataciones publicitarias
con la Subsecretaría de Medios y la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y
Relaciones Institucionales.
12. Entender en la ejecución de políticas de comunicación radial.
COORDINACION
GENERAL UNIDAD GOBERNADOR
SUBSECRETARIA DE IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
ACCIONES
1. Asistir al Coordinador General en todas las cuestiones concernientes a
presentaciones en eventos institucionales.
2. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al
señor Gobernador.
3. Supervisar y coordinar todos los eventos institucionales que realicen los
organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
4. Planificar las políticas de imagen institucional del señor Gobernador.
5. Promover el desarrollo de sistemas de comunicación institucional que
incorporen técnicas modernas y nuevas tecnologías.
6. Promover el desarrollo del Portal Unico del Gobierno de la Provincia de
Buenos Aires.
7. Promover la coordinación de las páginas Web institucionales de las distintas
jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
8. Participar en los actos del Gobierno Provincial brindando el soporte técnico
necesario para la transmisión de información que se genere.
9. Promover el acceso multimedia necesario en los eventos de carácter institucional
de la Provincia de Buenos Aires, en coordinación con la Dirección Provincial de
Comunicaciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y
Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación.
10. Promover la coordinación de los lineamientos comunicacionales establecidos
por el señor Gobernador para las distintas jurisdicciones y organismos del
Poder Ejecutivo Provincial.
11. Impulsar el diseño de una comunicación visual integral.
SUBSECRETARIA DE
IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE TECNOLOGIAS INSTITUCIONALES
ACCIONES
1. Desarrollar soportes tecnológicos aplicados a la comunicación institucional
y supervisar su implementación.
2. Diseñar el Portal Unico del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y
supervisarlo.
3. Coordinar las páginas Web institucionales de las distintas jurisdicciones y
organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
4. Asistir, mediante la utilización de soportes técnicos, en la transmisión de
información que se genere en los actos del Gobierno Provincial.
5. Asistir en las problemáticas vinculadas con la comunicación institucional
mediante la elaboración de soluciones informáticas.
6. Impulsar la elaboración y/o investigación sobre nuevas tecnologías que sean
útiles para el desarrollo de soluciones informáticas.
7. Coordinar con la Dirección Provincial de Comunicaciones, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General
de la Gobernación, el acceso a multimedia necesario en los eventos de carácter
institucional de la Provincia de Buenos Aires.
DIRECCION PROVINCIAL DE TECNOLOGIAS INSTITUCIONALES
DIRECCION DE DESARROLLO E IMPLEMENTACION DE APLICACIONES DE LA
INFORMACION
ACCIONES
1. Implementar el Portal Unico del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
2. Brindar el soporte tecnológico necesario para la realización y organización
de eventos de carácter institucional.
3. Proponer soluciones informáticas a las problemáticas que surjan en relación
a la comunicación institucional.
4. Elaborar y/o realizar investigaciones sobre nuevas tecnologías que sean
útiles para el desarrollo de soluciones informáticas aplicables a la
comunicación institucional.
5. Brindar, de manera coordinada con la Dirección Provincial de Comunicaciones
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la
Secretaría General de la Gobernación, el acceso multimedia necesario en los
eventos de carácter institucional de la Provincia de Buenos Aires.
SUBSECRETARIA DE
IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Coordinar los lineamientos comunicacionales-institucionales establecidos por
el señor Gobernador para las distintas jurisdicciones y organismos del Poder
Ejecutivo Provincial.
2. Asistir en las trasmisiones televisivas de los distintos actos del señor
Gobernador.
3. Diseñar e implementar una comunicación visual integral.
DIRECCION
PROVINCIAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL
DIRECCION DE TELEVISION Y COMUNICACION INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Coordinar la participación en todos los eventos en que participe el señor
Gobernador y que vayan a ser difundidos por medios televisivos.
2. Organizar la participación en la cobertura y difusión de las actividades del
señor Gobernador por medios televisivos, en coordinación con las áreas con
injerencia en la materia
3. Diseñar sistemas de comunicación que contribuyan a la construcción de una
imagen institucional.
4. Coordinar la implementación del sistema comunicacional en todas las áreas
del Gobierno.
5. Organizar las estrategias de comunicación dentro de las distintas
jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
COORDINACION
GENERAL UNIDAD GOBERNADOR
SUBSECRETARIA DE MEDIOS
ACCIONES
1. Planificar el desarrollo de las políticas fijadas para el área de Prensa y
Difusión, evaluando y produciendo las informaciones que surjan de los análisis
pertinentes.
2. Coordinar la implementación y desarrollo de las pautas y mecanismos de
gestión apropiados para optimizar el accionar del organismo, de acuerdo con los
cometidos asignados.
3. Promover cursos de acción necesarios para garantizar la difusión y
conocimiento general de la actividad oficial, los actos de gobierno y la
información de interés público.
4. Planificar la cobertura periodística de los eventos, hechos o situaciones
relevantes en las que resulten partícipes las áreas que conforman el Poder
Ejecutivo Provincial.
5. Planificar convenios o acuerdos de intercambio de información que garanticen
la máxima difusión concerniente a hechos y actos del Gobierno.
6. Promover la distribución de información originada en los medios a las áreas
pertinentes del Poder Ejecutivo Provincial.
7. Diseñar mecanismos que permitan formular observaciones permanentes sobre la
evolución de la gestión.
8. Asistir al Coordinador General en la transmisión, archivo, difusión e
impresión del material fotográfico generado por la Subsecretaría de Medios.
SUBSECRETARIA DE
MEDIOS
DIRECCION PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
ACCIONES
1. Implementar el desarrollo de las políticas fijadas para el área de Prensa y
Difusión, evaluando y produciendo las informaciones que surjan de los análisis
pertinentes.
2. Programar e implementar el desarrollo de pautas y mecanismos de gestión
apropiados para optimizar el accionar del organismo, de acuerdo con los
cometidos que le son asignados.
3. Proponer y programar los cursos de acción necesarios para garantizar la
difusión y conocimiento general de la actividad oficial, los actos de gobierno
y la información de interés público.
4. Organizar, instrumentar y supervisar las pautas referidas a la cobertura
periodística de los eventos, hechos o situaciones relevantes en las que
resulten partícipes las áreas que conforman el Poder Ejecutivo Provincial, con
el propósito de transmitir con claridad y transparencia a la opinión pública
los criterios de decisión y fundamento de las posiciones oficiales.
5. Asistir al Subsecretario de Medios en lo atinente a la aplicación de
políticas en materia de difusión radial oficial.
6. Asistir en el diseño y desarrollo de estrategias de difusión según la
fenomenología específica objeto de información, que contemplen la intervención
de distintos medios.
7. Proveer la información originada en los medios a las áreas pertinentes del
Poder Ejecutivo Provincial, a fin de que las mismas puedan evaluar el perfil de
exposición que las afecta según la problemática en debate.
8. Implementar los mecanismos que permitan formular observaciones permanentes
sobre la evolución de la gestión, con el objeto de detectar los desvíos,
efectuar las rectificaciones y adoptar las medidas conducentes para alcanzar
mayor eficiencia comunicacional.
9. Asistir a la cobertura fotográfica de los distintos actos del Sr.
Gobernador.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
DIRECCION DE DIFUSION DE ACTOS OFICIALES
ACCIONES
1. Ejecutar las políticas fijadas por la superioridad para el área de difusión.
2. Analizar e informar sobre los distintos tipos de artículos periodísticos o
de otra índole que ingresan y egresan del Organismo, realizando los controles
de calidad del mensaje, así como también programar y mantener actualizado el
registro de comunicados y declaraciones oficiales.
3. Proponer y desarrollar campañas de difusión para comunicar acciones de la
Administración Provincial centralizada y descentralizada.
4. Asesorar a los organismos y jurisdicciones que integran el Poder Ejecutivo
Provincial, sobre la precisión comunicacional que debe observar la información
pública, de modo de garantizar la máxima comprensión de los segmentos
poblacionales a quienes se dirigen los mensajes oficiales.
5. Producir material de difusión atendiendo a las necesidades prioritarias
expuestas por los órganos y jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial.
6. Organizar un archivo documental del material de prensa y difusión de la
Provincia, a fin de preservar una memoria institucional que cumpla los fines de
consulta y revisión.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
DIRECCION DE PRENSA
ACCIONES
1. Realizar una efectiva comunicación de los hechos, actos, planes, programas y
objetivos del Gobierno Provincial, dentro y fuera de su territorio.
2. Organizar la cobertura periodística y la divulgación de la información
requerida por los distintos sectores provinciales y municipales, en
coordinación con las demás áreas con injerencia en la materia.
3. Dinamizar la relación institucional con los distintos medios de prensa con
actuación en la jurisdicción provincial, a fin de disponer de una red de
difusión que atienda las necesidades de divulgación de información de interés
general, particular o regional, asistencia en emergencias, distribución de
gacetillas de prensa, entre otros.
4. Coordinar y articular con otras jurisdicciones y con los medios de prensa,
los servicios de apoyo necesarios para asegurar la mayor difusión de las
distintas acciones de gobierno y actividades del señor Gobernador.
5. Proporcionar la infraestructura necesaria para que los medios vean
facilitada su intervención en las distintas dependencias en las que se
desarrollen actividades oficiales.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
DIRECCION DE COORDINACION FOTOGRAFICA
ACCIONES
1. Coordinar la participación de fotógrafos profesionales en todos los eventos
en que participe el señor Gobernador y que vayan a ser difundidos por medios
gráficos.
2. Asistir en todas aquellas sesiones fotográficas oficiales.
3. Organizar la participación en la cobertura y difusión de las actividades del
señor Gobernador por medios gráficos, en coordinación con las áreas con
injerencia en la materia.
SUBSECRETARIA DE
MEDIOS
DIRECCION PROVINCIAL DE PUBLICIDAD OFICIAL
ACCIONES
1. Ejecutar los programas de publicidad y comunicación oficial conforme las
instrucciones impartidas por la superioridad, observando los plazos y
previsiones legales al efecto vigentes.
2. Instrumentar los métodos y procedimientos idóneos para proveer el servicio
de publicidad en tiempo y forma óptima, garantizando la razonabilidad de las
contrataciones que a tal fin se dispongan, con el propósito de asegurar el
alcance de las comunicaciones oficiales.
3. Registrar a los medios de comunicación que contrate la Provincia, fijando
los requisitos para la admisión de los efectores y estableciendo políticas de
actualización permanente de la información patrimonial, técnica, impositiva y
de otra naturaleza que resulte exigible.
4. Proponer y diseñar programas a corto, mediano y largo plazo en materia de
contrataciones publicitarias con el fin de optimizar la aplicación de los
recursos, reducir costos y seleccionar adecuadamente los medios con relación al
receptor de los mensajes oficiales.
5. Establecer mecanismos de control de gestión para medir la eficiencia de las
medidas adoptadas y orientar la toma de decisiones al máximo nivel de
conducción.
6. Proponer y ejecutar las medidas que resuelvan la puesta en marcha de
métodos, tramitaciones y soportes documentales, que se consideren aconsejables
para obtener la máxima economía en los procedimientos.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PUBLICIDAD OFICIAL
DIRECCION DE COORDINACION OPERATIVA DE PUBLICIDAD OFICIAL
ACCIONES
1. Coordinar los pedidos de contratación de publicidad oficial de los distintos
sectores de la Administración Provincial centralizada y descentralizada, a
efectos de verificar y evaluar la propuesta publicitaria en su faz técnica y
económica.
2. Desarrollar en los casos que así lo requieran, el diseño de la publicidad de
los organismos solicitantes.
3. Administrar la publicación de avisos en tiempo y forma entre los medios
escogidos por la superioridad, teniendo en cuenta su inscripción registral.
4. Proponer criterios de selección racional en la asignación de órdenes de
publicidad.
5. Obtener y mantener actualizada la información de acceso público y privado
referida a rating, circulación y demás unidades de medición de alcance de los
medios, con el objeto de establecer relaciones costo/beneficio en la selección
de medios para publicitar información oficial.
6. Elaborar toda la información requerida por la superioridad para un adecuado
seguimiento y control publicitario de los medios.
7. Planificar estrategias de gestión comercial para optimizar el presupuesto
asignado, manteniendo actualizada la información tarifaria.
8. Confeccionar un sistema informativo para emisión y control de órdenes de
publicidad con numeración correlativa.
9. Desarrollar las labores concernientes al mantenimiento, actualización y
administración del Registro de Medios.
SUBSECRETARIA DE
MEDIOS
DIRECCION PROVINCIAL DE RADIO PROVINCIA
ACCIONES
1. Programar, ejecutar, atender y controlar la administración de prensa radial,
manteniendo permanentemente relación con los servicios informativos de los
distintos medios de comunicación masiva nacionales, provinciales y extranjeros,
en forma directa o a través de los periodistas acreditados.
2. Organizar, programar e implementar la prestación de los servicios de apoyo necesarios
para la difusión de las distintas acciones, ejecutando en tiempo y forma y de
acuerdo a los lineamientos programáticos, las actividades periodísticas y de
divulgación de la información.
3. Organizar, programar y planificar el funcionamiento de la emisora LS 11
Radio Provincia de Buenos Aires y de la FM 97.1, coordinando, elaborando y
proponiendo las medidas de optimización que resulten necesarias.
4. Fiscalizar la documentación informativa y de divulgación que ingresa y
egresa de la repartición, efectuando los análisis, estudios y consultas
necesarias, previos a su autorización.
5. Planificar, coordinar, supervisar y controlar las partidas presupuestarias
asignadas a la repartición en coordinación con la Subsecretaría Administrativa
y de acuerdo a las determinaciones de la normativa vigente, como asimismo
atender todas las actividades inherentes a la administración de la emisora, su
planta de personal, elementos técnicos y bienes patrimoniales.
6. Planificar, programar y autorizar la publicidad y la propaganda a emitir por
LS 11 Radio Provincia de Buenos Aires, como así también la lista de precios a
presentar en el COMFER.
7. Autorizar convenios y contratos artísticos que genere la emisora como así
también órdenes de publicidad.
DIRECCION
PROVINCIAL DE RADIO PROVINCIA
DIRECCION DE PRODUCCION RADIAL
ACCIONES
1. Organizar, coordinar y controlar la producción e irradiación de audiciones
radiales a fin de contribuir a la información, educación y cultura de los
habitantes de la Provincia de Buenos Aires.
2. Fiscalizar el debido cumplimiento de las disposiciones emanadas del Comité
Federal de Radiodifusión (COMFER) y de otros organismos que regulen la materia,
dictando pautas y normas de programación radial de acuerdo con la política
fijada por el Gobierno Provincial.
3. Evaluar periódicamente la marcha de la emisora y sugerir a la superioridad
todas las modificaciones necesarias para un mejoramiento artístico,
periodístico, administrativo y técnico.
4. Aprobar, una vez confeccionada, la programación mensual de la emisora y
autorizar su irradiación.
5. Producir y generar espacios informativos sobre el acontecer nacional,
provincial, internacional y local, como también sobre las actividades
políticas, culturales, deportivas, sociales y todo tema de interés comunitario.
6. Proyectar y elaborar la programación de la emisora de acuerdo a las pautas
dadas por la Dirección Provincial, con el objeto de cumplir los objetivos
institucionales de la Radio en cuanto a la difusión de contenidos de interés
social, cultural, artístico y educativo.
7. Producir los distintos espacios que integran la programación de la emisora,
estableciendo y coordinando con el cuerpo de productores, las tareas a realizar
para conformar el contenido y garantizar la calidad de los espacios.
DIRECCION
PROVINCIAL DE RADIO PROVINCIA
DIRECCION DE GESTION COMERCIAL
ACCIONES
1. Programar, ejecutar, atender y controlar la gestión comercial de espacios
publicitarios y convenios de coproducción de las emisoras de AM y FM.
2. Organizar y desarrollar el plan estratégico de comercialización de las
emisoras de AM y FM.
3. Implementar las estrategias comerciales para la comercialización y
publicidad de las emisoras AM y FM de acuerdo a los lineamientos programáticos
de la superioridad.
4. Controlar la ejecución y comercialización de espacios y convenios de
coproducción de las emisoras de AM y FM.