DEROGADO POR DEC.2126/09 AL DEROGAR EL DEC.322/07

 

DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE Y GOBIERNO
DECRETO 2.800

La Plata, 12 de noviembre de 2008.

VISTO el expediente N° 2140-7544/08, por el cual se tramita la modificación de la estructura orgánico-funcional de la Unidad Gobernador aprobada por Decreto N° 322/07, y;

CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 322/07 ubica a la Dirección de Coordinación Fotográfica como dependiente de la Dirección Provincial de Imagen Institucional de la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales de la Unidad Gobernador;
Que atento a razones operativas se propicia la transferencia de la Dirección de Coordinación Fotográfica a la Dirección Provincial de Prensa y Difusión de la Subsecretaría de Medios de la Unidad Gobernador;
Que han tomado intervención la Subsecretaría de la Modernización del Estado, la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno;
Que el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer a la estructura organizativa de sus jurisdicciones;
Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1°. Aprobar y modificar la estructura de la Coordinación General Unidad Gobernador con respecto a las Subsecretarías de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales; y de Medios que fueran aprobadas por el Decreto N° 322/07, de acuerdo a los organigramas y acciones que como anexos 1a, 1b y 2 forman parte del presente
ARTICULO 2º. Dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a partir de la fecha de publicación del presente acto, el titular de la Jurisdicción deberá efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional, como así también arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por el artículo precedente, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
ARTICULO 3º. Durante el transcurso del plazo fijado por el artículo precedente las unidades orgánico-funcionales con nivel inferior a Director, oportunamente aprobadas para la Dirección de Coordinación Fotográfica, mantendrán su vigencia. La transferencia contempla los cargos y plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos, financieros y materiales.
ARTICULO 4º. El Responsable de la Coordinación General Unidad Gobernador propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente acto administrativo que deberán ajustarse a las previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
ARTICULO 5°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Jefatura de Gabinete y Gobierno y Economía.
ARTICULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (SINBA); notificar a la Dirección Provincial de Gestión Pública de la Secretaría General y pase a la Unidad Gobernador. Cumplido, archívese.

Alberto Pérez                        Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de        Gobernador
Gabinete y Gobierno

Rafael Perelmiter
Ministro de Economía

ANEXO 1a


ANEXO 1 b

ANEXO 2

COORDINACION GENERAL UNIDAD GOBERNADOR
ACCIONES
1. Entender en las actividades relacionadas con el protocolo de los actos oficiales, ceremonias y reuniones que se lleven a cabo en la Gobernación.
2. Controlar la atención de las audiencias solicitadas al señor Gobernador.
3. Entender en todo lo referido a traslados de funcionarios de la Unidad Gobernador, tanto en lo relativo al personal afectado a dicha tarea como al material rodante asignados a tal fin.
4. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al señor Gobernador.
5. Ejecutar el desarrollo del “Portal Unico del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires”, como así también supervisar las páginas Web institucionales de las distintas jurisdicciones y/o organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
6. Entender en la política de imagen institucional del señor Gobernador.
7. Coordinar la transmisión, archivo, difusión e impresión del material fotográfico generado por la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales.
8. Entender en las transmisiones televisivas y en la cobertura fotográfica de los distintos actos del señor Gobernador.
9. Entender en los programas de publicidad y comunicación oficial.
10. Asistir en la implementación de los cursos de acción necesarios para garantizar la difusión y conocimiento general de la actividad oficial de los actos de gobierno y la información de interés público.
11. Coordinar las políticas a seguir en materia de contrataciones publicitarias con la Subsecretaría de Medios y la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales.
12. Entender en la ejecución de políticas de comunicación radial.

COORDINACION GENERAL UNIDAD GOBERNADOR
SUBSECRETARIA DE IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

ACCIONES
1. Asistir al Coordinador General en todas las cuestiones concernientes a presentaciones en eventos institucionales.
2. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al señor Gobernador.
3. Supervisar y coordinar todos los eventos institucionales que realicen los organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
4. Planificar las políticas de imagen institucional del señor Gobernador.
5. Promover el desarrollo de sistemas de comunicación institucional que incorporen técnicas modernas y nuevas tecnologías.
6. Promover el desarrollo del “Portal Unico del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires”.
7. Promover la coordinación de las páginas Web institucionales de las distintas jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
8. Participar en los actos del Gobierno Provincial brindando el soporte técnico necesario para la transmisión de información que se genere.
9. Promover el acceso multimedia necesario en los eventos de carácter institucional de la Provincia de Buenos Aires, en coordinación con la Dirección Provincial de Comunicaciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación.
10. Promover la coordinación de los lineamientos comunicacionales establecidos por el señor Gobernador para las distintas jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
11. Impulsar el diseño de una comunicación visual integral.

SUBSECRETARIA DE IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE TECNOLOGIAS INSTITUCIONALES

ACCIONES
1. Desarrollar soportes tecnológicos aplicados a la comunicación institucional y supervisar su implementación.
2. Diseñar el “Portal Unico del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires” y supervisarlo.
3. Coordinar las páginas Web institucionales de las distintas jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
4. Asistir, mediante la utilización de soportes técnicos, en la transmisión de información que se genere en los actos del Gobierno Provincial.
5. Asistir en las problemáticas vinculadas con la comunicación institucional mediante la elaboración de soluciones informáticas.
6. Impulsar la elaboración y/o investigación sobre nuevas tecnologías que sean útiles para el desarrollo de soluciones informáticas.
7. Coordinar con la Dirección Provincial de Comunicaciones, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación, el acceso a multimedia necesario en los eventos de carácter institucional de la Provincia de Buenos Aires.

DIRECCION PROVINCIAL DE TECNOLOGIAS INSTITUCIONALES
DIRECCION DE DESARROLLO E IMPLEMENTACION DE APLICACIONES DE LA INFORMACION

ACCIONES
1. Implementar el “Portal Unico del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires”.
2. Brindar el soporte tecnológico necesario para la realización y organización de eventos de carácter institucional.
3. Proponer soluciones informáticas a las problemáticas que surjan en relación a la comunicación institucional.
4. Elaborar y/o realizar investigaciones sobre nuevas tecnologías que sean útiles para el desarrollo de soluciones informáticas aplicables a la comunicación institucional.
5. Brindar, de manera coordinada con la Dirección Provincial de Comunicaciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación, el acceso multimedia necesario en los eventos de carácter institucional de la Provincia de Buenos Aires.

SUBSECRETARIA DE IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL

ACCIONES
1. Coordinar los lineamientos comunicacionales-institucionales establecidos por el señor Gobernador para las distintas jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
2. Asistir en las trasmisiones televisivas de los distintos actos del señor Gobernador.
3. Diseñar e implementar una comunicación visual integral.

DIRECCION PROVINCIAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL
DIRECCION DE TELEVISION Y COMUNICACION INSTITUCIONAL

ACCIONES
1. Coordinar la participación en todos los eventos en que participe el señor Gobernador y que vayan a ser difundidos por medios televisivos.
2. Organizar la participación en la cobertura y difusión de las actividades del señor Gobernador por medios televisivos, en coordinación con las áreas con injerencia en la materia
3. Diseñar sistemas de comunicación que contribuyan a la construcción de una imagen institucional.
4. Coordinar la implementación del sistema comunicacional en todas las áreas del Gobierno.
5. Organizar las estrategias de comunicación dentro de las distintas jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.

COORDINACION GENERAL UNIDAD GOBERNADOR
SUBSECRETARIA DE MEDIOS

ACCIONES
1. Planificar el desarrollo de las políticas fijadas para el área de Prensa y Difusión, evaluando y produciendo las informaciones que surjan de los análisis pertinentes.
2. Coordinar la implementación y desarrollo de las pautas y mecanismos de gestión apropiados para optimizar el accionar del organismo, de acuerdo con los cometidos asignados.
3. Promover cursos de acción necesarios para garantizar la difusión y conocimiento general de la actividad oficial, los actos de gobierno y la información de interés público.
4. Planificar la cobertura periodística de los eventos, hechos o situaciones relevantes en las que resulten partícipes las áreas que conforman el Poder Ejecutivo Provincial.
5. Planificar convenios o acuerdos de intercambio de información que garanticen la máxima difusión concerniente a hechos y actos del Gobierno.
6. Promover la distribución de información originada en los medios a las áreas pertinentes del Poder Ejecutivo Provincial.
7. Diseñar mecanismos que permitan formular observaciones permanentes sobre la evolución de la gestión.
8. Asistir al Coordinador General en la transmisión, archivo, difusión e impresión del material fotográfico generado por la Subsecretaría de Medios.

SUBSECRETARIA DE MEDIOS
DIRECCION PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION

ACCIONES
1. Implementar el desarrollo de las políticas fijadas para el área de Prensa y Difusión, evaluando y produciendo las informaciones que surjan de los análisis pertinentes.
2. Programar e implementar el desarrollo de pautas y mecanismos de gestión apropiados para optimizar el accionar del organismo, de acuerdo con los cometidos que le son asignados.
3. Proponer y programar los cursos de acción necesarios para garantizar la difusión y conocimiento general de la actividad oficial, los actos de gobierno y la información de interés público.
4. Organizar, instrumentar y supervisar las pautas referidas a la cobertura periodística de los eventos, hechos o situaciones relevantes en las que resulten partícipes las áreas que conforman el Poder Ejecutivo Provincial, con el propósito de transmitir con claridad y transparencia a la opinión pública los criterios de decisión y fundamento de las posiciones oficiales.
5. Asistir al Subsecretario de Medios en lo atinente a la aplicación de políticas en materia de difusión radial oficial.
6. Asistir en el diseño y desarrollo de estrategias de difusión según la fenomenología específica objeto de información, que contemplen la intervención de distintos medios.
7. Proveer la información originada en los medios a las áreas pertinentes del Poder Ejecutivo Provincial, a fin de que las mismas puedan evaluar el perfil de exposición que las afecta según la problemática en debate.
8. Implementar los mecanismos que permitan formular observaciones permanentes sobre la evolución de la gestión, con el objeto de detectar los desvíos, efectuar las rectificaciones y adoptar las medidas conducentes para alcanzar mayor eficiencia comunicacional.
9. Asistir a la cobertura fotográfica de los distintos actos del Sr. Gobernador.

DIRECCION PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
DIRECCION DE DIFUSION DE ACTOS OFICIALES

ACCIONES
1. Ejecutar las políticas fijadas por la superioridad para el área de difusión.
2. Analizar e informar sobre los distintos tipos de artículos periodísticos o de otra índole que ingresan y egresan del Organismo, realizando los controles de calidad del mensaje, así como también programar y mantener actualizado el registro de comunicados y declaraciones oficiales.
3. Proponer y desarrollar campañas de difusión para comunicar acciones de la Administración Provincial centralizada y descentralizada.
4. Asesorar a los organismos y jurisdicciones que integran el Poder Ejecutivo Provincial, sobre la precisión comunicacional que debe observar la información pública, de modo de garantizar la máxima comprensión de los segmentos poblacionales a quienes se dirigen los mensajes oficiales.
5. Producir material de difusión atendiendo a las necesidades prioritarias expuestas por los órganos y jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial.
6. Organizar un archivo documental del material de prensa y difusión de la Provincia, a fin de preservar una memoria institucional que cumpla los fines de consulta y revisión.

DIRECCION PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
DIRECCION DE PRENSA

ACCIONES
1. Realizar una efectiva comunicación de los hechos, actos, planes, programas y objetivos del Gobierno Provincial, dentro y fuera de su territorio.
2. Organizar la cobertura periodística y la divulgación de la información requerida por los distintos sectores provinciales y municipales, en coordinación con las demás áreas con injerencia en la materia.
3. Dinamizar la relación institucional con los distintos medios de prensa con actuación en la jurisdicción provincial, a fin de disponer de una red de difusión que atienda las necesidades de divulgación de información de interés general, particular o regional, asistencia en emergencias, distribución de gacetillas de prensa, entre otros.
4. Coordinar y articular con otras jurisdicciones y con los medios de prensa, los servicios de apoyo necesarios para asegurar la mayor difusión de las distintas acciones de gobierno y actividades del señor Gobernador.
5. Proporcionar la infraestructura necesaria para que los medios vean facilitada su intervención en las distintas dependencias en las que se desarrollen actividades oficiales.

DIRECCION PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
DIRECCION DE COORDINACION FOTOGRAFICA

ACCIONES
1. Coordinar la participación de fotógrafos profesionales en todos los eventos en que participe el señor Gobernador y que vayan a ser difundidos por medios gráficos.
2. Asistir en todas aquellas sesiones fotográficas oficiales.
3. Organizar la participación en la cobertura y difusión de las actividades del señor Gobernador por medios gráficos, en coordinación con las áreas con injerencia en la materia.

SUBSECRETARIA DE MEDIOS
DIRECCION PROVINCIAL DE PUBLICIDAD OFICIAL

ACCIONES
1. Ejecutar los programas de publicidad y comunicación oficial conforme las instrucciones impartidas por la superioridad, observando los plazos y previsiones legales al efecto vigentes.
2. Instrumentar los métodos y procedimientos idóneos para proveer el servicio de publicidad en tiempo y forma óptima, garantizando la razonabilidad de las contrataciones que a tal fin se dispongan, con el propósito de asegurar el alcance de las comunicaciones oficiales.
3. Registrar a los medios de comunicación que contrate la Provincia, fijando los requisitos para la admisión de los efectores y estableciendo políticas de actualización permanente de la información patrimonial, técnica, impositiva y de otra naturaleza que resulte exigible.
4. Proponer y diseñar programas a corto, mediano y largo plazo en materia de contrataciones publicitarias con el fin de optimizar la aplicación de los recursos, reducir costos y seleccionar adecuadamente los medios con relación al receptor de los mensajes oficiales.
5. Establecer mecanismos de control de gestión para medir la eficiencia de las medidas adoptadas y orientar la toma de decisiones al máximo nivel de conducción.
6. Proponer y ejecutar las medidas que resuelvan la puesta en marcha de métodos, tramitaciones y soportes documentales, que se consideren aconsejables para obtener la máxima economía en los procedimientos.

DIRECCION PROVINCIAL DE PUBLICIDAD OFICIAL
DIRECCION DE COORDINACION OPERATIVA DE PUBLICIDAD OFICIAL

ACCIONES
1. Coordinar los pedidos de contratación de publicidad oficial de los distintos sectores de la Administración Provincial centralizada y descentralizada, a efectos de verificar y evaluar la propuesta publicitaria en su faz técnica y económica.
2. Desarrollar en los casos que así lo requieran, el diseño de la publicidad de los organismos solicitantes.
3. Administrar la publicación de avisos en tiempo y forma entre los medios escogidos por la superioridad, teniendo en cuenta su inscripción registral.
4. Proponer criterios de selección racional en la asignación de órdenes de publicidad.
5. Obtener y mantener actualizada la información de acceso público y privado referida a rating, circulación y demás unidades de medición de alcance de los medios, con el objeto de establecer relaciones costo/beneficio en la selección de medios para publicitar información oficial.
6. Elaborar toda la información requerida por la superioridad para un adecuado seguimiento y control publicitario de los medios.
7. Planificar estrategias de gestión comercial para optimizar el presupuesto asignado, manteniendo actualizada la información tarifaria.
8. Confeccionar un sistema informativo para emisión y control de órdenes de publicidad con numeración correlativa.
9. Desarrollar las labores concernientes al mantenimiento, actualización y administración del Registro de Medios.

SUBSECRETARIA DE MEDIOS
DIRECCION PROVINCIAL DE RADIO PROVINCIA

ACCIONES
1. Programar, ejecutar, atender y controlar la administración de prensa radial, manteniendo permanentemente relación con los servicios informativos de los distintos medios de comunicación masiva nacionales, provinciales y extranjeros, en forma directa o a través de los periodistas acreditados.
2. Organizar, programar e implementar la prestación de los servicios de apoyo necesarios para la difusión de las distintas acciones, ejecutando en tiempo y forma y de acuerdo a los lineamientos programáticos, las actividades periodísticas y de divulgación de la información.
3. Organizar, programar y planificar el funcionamiento de la emisora LS 11 Radio Provincia de Buenos Aires y de la FM 97.1, coordinando, elaborando y proponiendo las medidas de optimización que resulten necesarias.
4. Fiscalizar la documentación informativa y de divulgación que ingresa y egresa de la repartición, efectuando los análisis, estudios y consultas necesarias, previos a su autorización.
5. Planificar, coordinar, supervisar y controlar las partidas presupuestarias asignadas a la repartición en coordinación con la Subsecretaría Administrativa y de acuerdo a las determinaciones de la normativa vigente, como asimismo atender todas las actividades inherentes a la administración de la emisora, su planta de personal, elementos técnicos y bienes patrimoniales.
6. Planificar, programar y autorizar la publicidad y la propaganda a emitir por LS 11 Radio Provincia de Buenos Aires, como así también la lista de precios a presentar en el COMFER.
7. Autorizar convenios y contratos artísticos que genere la emisora como así también órdenes de publicidad.

DIRECCION PROVINCIAL DE RADIO PROVINCIA
DIRECCION DE PRODUCCION RADIAL

ACCIONES
1. Organizar, coordinar y controlar la producción e irradiación de audiciones radiales a fin de contribuir a la información, educación y cultura de los habitantes de la Provincia de Buenos Aires.
2. Fiscalizar el debido cumplimiento de las disposiciones emanadas del Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) y de otros organismos que regulen la materia, dictando pautas y normas de programación radial de acuerdo con la política fijada por el Gobierno Provincial.
3. Evaluar periódicamente la marcha de la emisora y sugerir a la superioridad todas las modificaciones necesarias para un mejoramiento artístico, periodístico, administrativo y técnico.
4. Aprobar, una vez confeccionada, la programación mensual de la emisora y autorizar su irradiación.
5. Producir y generar espacios informativos sobre el acontecer nacional, provincial, internacional y local, como también sobre las actividades políticas, culturales, deportivas, sociales y todo tema de interés comunitario.
6. Proyectar y elaborar la programación de la emisora de acuerdo a las pautas dadas por la Dirección Provincial, con el objeto de cumplir los objetivos institucionales de la Radio en cuanto a la difusión de contenidos de interés social, cultural, artístico y educativo.
7. Producir los distintos espacios que integran la programación de la emisora, estableciendo y coordinando con el cuerpo de productores, las tareas a realizar para conformar el contenido y garantizar la calidad de los espacios.

DIRECCION PROVINCIAL DE RADIO PROVINCIA
DIRECCION DE GESTION COMERCIAL

ACCIONES
1. Programar, ejecutar, atender y controlar la gestión comercial de espacios publicitarios y convenios de coproducción de las emisoras de AM y FM.
2. Organizar y desarrollar el plan estratégico de comercialización de las emisoras de AM y FM.
3. Implementar las estrategias comerciales para la comercialización y publicidad de las emisoras AM y FM de acuerdo a los lineamientos programáticos de la superioridad.
4. Controlar la ejecución y comercialización de espacios y convenios de coproducción de las emisoras de AM y FM.