DECRETO 720/2024
LA PLATA, 24 de Mayo de 2024
VISTO el expediente EX-2024-10427239-GDEBA-RSVMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la aceptación de la renuncia de Facundo Nahuel MAIDANA, a partir del 31 de enero de 2024, al cargo de Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria V y la designación en su reemplazo de Joaquín LARRABIDE, y
CONSIDERANDO:
Que Facundo Nahuel MAIDANA presentó la renuncia, a partir del 31 de enero de 2024, al cargo de Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria V, quien había sido designado por el Decreto N° 1125/22;
Que dicha presentación se encuentra comprendida en el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que el referido agente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, en consecuencia, corresponde aceptar la renuncia presentada;
Que, por otro lado, se gestiona la designación, a partir del 1° de febrero de 2024, como Director Ejecutivo en el régimen laboral de disposición permanente del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria V, de Joaquín LARRABIDE, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarias para desempeñar dicho cargo, de conformidad con lo previsto por el artículo 9° de la Ley N° 11.072 de Descentralización Hospitalaria y su Decreto Reglamentario N° 135/03 B;
Que corresponde concretar la medida tramitada, exceptuándola de las condiciones determinadas en el primer y segundo párrafo del artículo 9° del mencionado Decreto N° 135/03 B, por cuanto en el citado nosocomio no se ha constituido Consejo de Administración y por contar el profesional con la idoneidad necesaria para desempeñar el cargo de Director Ejecutivo;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la gestión promovida se efectúa de conformidad con lo establecido en el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, en el artículo 9º de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, reglamentada por Decreto Nº 135/03 B, con excepción de las condiciones determinadas en el primer y segundo párrafo de dicha norma, y también de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E y sus modificatorios;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 31 de enero de 2024, la renuncia presentada por Facundo Nahuel MAIDANA (DNI Nº 32.483.113 - Clase 1986), como Director Ejecutivo en el régimen laboral de Disposición Permanente del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria V, dependiente de la Dirección Provincial de Redes, Regiones Sanitarias y Salud Comunitaria de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, quien había sido designado por Decreto N° 1125/22, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 2º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1° de febrero de 2024, a Joaquín LARRABIDE (DNI Nº 28.200.253 – Clase 1980), como Director Ejecutivo en el régimen laboral de disposición permanente del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria V, dependiente de la Dirección Provincial de Redes, Regiones Sanitarias y Salud Comunitaria de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, de acuerdo con lo determinado por el artículo 9º de la Ley Nº 11.072, reglamentada por Decreto Nº 135/03 B, con excepción de las condiciones determinadas en el primer y segundo párrafo del artículo 9° del mencionado decreto, y de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Gobierno.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador