DECRETO 1435/2024

LA PLATA, 6 de Agosto de 2024

VISTO  el expediente EX-2024-20819210-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual la doctora María Victoria SOSA presenta su renuncia al cargo de Defensora Oficial, para actuar ante el Fuero Criminal y Correccional, del Departamento Judicial Mar del Plata, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 5083 del 30 de diciembre de 1998, la doctora María Victoria SOSA fue designada Adjunta de Defensor Oficial del Departamento Judicial Mar del Plata;

Que, a partir de la sanción de la Ley N° 13.513, los/as funcionarios/as que se desempeñaban como Adjunto/a de Defensor/a Oficial de Primera Instancia pasaron a desempeñarse como Defensor/a Oficial de Primera Instancia;

Que la nombrada funcionaria ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que sea aceptada a partir del 1° de Julio de 2024;

Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto de la doctora SOSA;

Que se ha expedido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con la citada funcionaria en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones con relación a la doctora SOSA en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 144 -proemio- y 175 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

 EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir del 1° de julio de 2024, la renuncia presentada a los fines jubilatorios por la doctora María Victoria SOSA (DNI Nº 17.047.292 – Clase 1964) al cargo de Defensora Oficial, para actuar ante el Fuero Criminal y Correccional, del Departamento Judicial Mar del Plata.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Gobierno.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar

Juan Martín Mena, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador