LEY 4405
Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 4619.
Autorizando al Poder Ejecutivo a invertir 710.000 pesos moneda nacional en obras de defensa en Playa Bristol y en la playa frente al Sanatorio Marítimo y Asilo Saturnino Unzué, de Mar del Plata.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de setecientos diez mil pesos moneda nacional ($ 710.000 m/n), en las siguientes obras públicas a realizarse en Mar del Plata:
a) (Texto según Ley 4619) En las playas “Bristol”, “La Perla” y “Saint James”, ejecución de espigones y obras complementarias para la defensa y mejoramiento de estas playas, hasta la suma de cuatrocientos diez mil pesos moneda nacional ($ 410.000 m/n);
b) En la playa frente al Sanatorio Marítimo y Asilo Saturnino Unzué: Construcción de cuatro espigones de cien metros de longitud cada uno, hasta la suma de pesos trescientos mil moneda nacional ($ 300.000 m/n).
ARTÍCULO 2.- El gasto autorizado por el artículo anterior se cubrirá con parte de los saldos disponibles que han resultado en las adjudicaciones por licitaciones de las obras en el edificio de los Tribunales y cárceles de encausados de La Plata, autorizadas por la Ley número 4374.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.