DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS
DECRETO 3.219
La Plata, 22 de diciembre de 2004.
Visto: El Expediente Nº 2406-8646/04 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, y
CONSIDERANDO:
Que, atento a la necesidad técnica de readecuación del plan de trabajos de las Obras: Alcantarilla Sumergible en Acceso a Villa Ventana -Tornquist, Puentes sobre el Canal La Dorita -Carlos Casares, Desagües Pluviales de la Zona Sur de Carmen de Patagones, Construcción de Puente sobre el Arroyo Chelforó en las proximidades de la Localidad de Labardén -General Guido, Plan Integral de Desagües Pluviales y Regulación del Funcionamiento Hidráulico de la Cuenca del Arroyo Pergamino y Desagües Pluviales en la Ciudad de Mar del Plata -La Terminal -II Etapa -Colector Alsina -General Pueyrredón, resulta necesario modificar para dichos emprendimientos los niveles de inversión que les fueran oportunamente exceptuados de las actuales Normas de Programación del Gasto por los Decretos 990/04, 2065/04 y 2464/04;
Por ello, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 15 del Decreto 1/04,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º: Exceptúanse de las limitaciones establecidas por el Artículo 2º del Decreto 1/04, los niveles de inversión excedentes que, por la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 625.857), han de registrarse en el Ejercicio 2005 respecto a los autorizados por el Artículo 10 de su similar Nº 990 de fecha 24 de mayo de 2004, en las Obras de Emergencia Hidráulica que a continuación se indican:
- Alcantarilla Sumergible en Acceso a Villa Ventana - Partido de Tornquist -
- Puentes sobre el Canal La Dorita -Partido de Carlos Casares.
-Desagües Pluviales de la Zona Sur de Carmen de Patagones - Partido de Patagones.
- Construcción de Puente sobre el Arroyo Chelforó en las proximidades de la Localidad de Labardén - Partido de General Guido.
Artículo 2º: Rectifícase,
el costo total y niveles de inversión anuales exceptuados del Artículo 2º del
Decreto 1/04, por el Artículo 14 de su similar Nº 2.065 de fecha 02 de
septiembre de 2004, para la Obra y por los nuevos importes que a continuación
se indican:
- Plan Integral de Desagües Pluviales y Regulación del Funcionamiento
Hidráulico de la Cuenca del Arroyo Pergamino, con un costo total de hasta PESOS
UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($ 11.658.980),
a invertir de la siguiente forma: Ejercicio 2005 hasta PESOS OCHOCIENTOS
CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($ 843.980) y Ejercicio 2006 hasta
PESOS OCHOCIENTOS QUINCE MIL ($ 815.000).
Artículo 3º: Rectifícase, el costo total y niveles de inversión anuales exceptuados del Artículo 2º del Decreto 1/04, por el Artículo 4º de su similar Nº 2464 de fecha 07 de octubre de 2004, para la Obra y por los nuevos importes que a continuación se indican:
- Desagües Pluviales en la Ciudad de Mar del Plata -La Terminal -II Etapa Colector Alsina -Partido de General Pueyrredón, con un costo total de hasta PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 6.862.230), a invertir de la siguiente forma: Ejercicio 2005 hasta PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000) y Ejercicio 2006 hasta PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 4.862.230).
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y de Economía.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su conocimiento y demás efectos. Cumplido archívese.