DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

DECRETO 3.219

La Plata, 22 de diciembre de 2004.

Visto: El Expediente Nº 2406-8646/04 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, y

CONSIDERANDO:

Que, atento a la necesidad técnica de readecuación del plan de trabajos de las Obras: Alcantarilla Sumergible en Acceso a Villa Ventana -Tornquist, Puentes sobre el Canal La Dorita -Carlos Casares, Desagües Pluviales de la Zona Sur de Carmen de Patagones, Construcción de Puente sobre el Arroyo Chelforó en las proximidades de la Localidad de Labardén -General Guido, Plan Integral de Desagües Pluviales y Regulación del Funcionamiento Hidráulico de la Cuenca del Arroyo Pergamino y Desagües Pluviales en la Ciudad de Mar del Plata -La Terminal -II Etapa -Colector Alsina -General Pueyrredón, resulta necesario modificar para dichos emprendimientos los niveles de inversión que les fueran oportunamente exceptuados de las actuales Normas de Programación del Gasto por los Decretos 990/04, 2065/04 y 2464/04;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 15 del Decreto 1/04,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

Artículo 1º: Exceptúanse de las limitaciones establecidas por el Artículo 2º del Decreto 1/04, los niveles de inversión excedentes que, por la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 625.857), han de registrarse en el Ejercicio 2005 respecto a los autorizados por el Artículo 10 de su similar Nº 990 de fecha 24 de mayo de 2004, en las Obras de Emergencia Hidráulica que a continuación se indican:

- Alcantarilla Sumergible en Acceso a Villa Ventana - Partido de Tornquist -

- Puentes sobre el Canal La Dorita -Partido de Carlos Casares.

-Desagües Pluviales de la Zona Sur de Carmen de Patagones - Partido de Patagones.

-          Construcción de Puente sobre el Arroyo Chelforó en las proximidades de la Localidad de Labardén - Partido de General Guido.

Artículo 2º: Rectifícase, el costo total y niveles de inversión anuales exceptuados del Artículo 2º del Decreto 1/04, por el Artículo 14 de su similar Nº 2.065 de fecha 02 de septiembre de 2004, para la Obra y por los nuevos importes que a continuación se indican:
- Plan Integral de Desagües Pluviales y Regulación del Funcionamiento Hidráulico de la Cuenca del Arroyo Pergamino, con un costo total de hasta PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($ 11.658.980), a invertir de la siguiente forma: Ejercicio 2005 hasta PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($ 843.980) y Ejercicio 2006 hasta PESOS OCHOCIENTOS QUINCE MIL ($ 815.000).

Artículo 3º: Rectifícase, el costo total y niveles de inversión anuales exceptuados del Artículo 2º del Decreto 1/04, por el Artículo 4º de su similar Nº 2464 de fecha 07 de octubre de 2004, para la Obra y por los nuevos importes que a continuación se indican:

- Desagües Pluviales en la Ciudad de Mar del Plata -La Terminal -II Etapa Colector Alsina -Partido de General Pueyrredón, con un costo total de hasta PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 6.862.230), a invertir de la siguiente forma: Ejercicio 2005 hasta PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000) y Ejercicio 2006 hasta PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 4.862.230).

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y de Economía.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su conocimiento y demás efectos. Cumplido archívese.