DECRETO 2250/87
VISTO
la necesidad de crear una Subsecretaría que se ocupe del estudio, información y
compatibilización de todos los proyectos de Ley originados en los distintos
Ministerios y Dirección General de Escuelas y Cultura, al tiempo que establezca
una relación directa y oportuna con
CONSIDERANDO:
Que
el Artículo 28º de
Por ello,
EL PODER EJECUTIVO DE
DECRETA:
ARTÍCULO
1.- Créase en
ARTÍCULO
2.- Apruébanse
-SECRETARÍA GENERAL
-SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
-Dirección de Coordinación Legislativa
-Dirección de Proyectos Legislativos
-Subdirección de Proyectos Legislativos
ARTÍCULO 3.- Apruébanse las Misiones y Funciones y el Organigrama de los niveles de organización incorporados por el artículo anterior, los que como ANEXOS I y II, forman parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO
4.- Suprímase en
ARTÍCULO
5.- Creánse en
DENOMINACIÓN CANTIDAD
Subsecretario 1 (uno)
Director 2 (dos)
Oficial Principal 1º 1(uno)
ARTÍCULO 6.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía.
ARTÍCULO 7.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial, y archívese.
NOTA: Los Anexos pueden ser consultados en nuestra página web en su versión PDF