DECRETO 10869/67
Leche; homologación del convenio sobre precios celebrado por la Comisión Asesora Honoraria creada por el Decreto 4342/67.
LA PLATA, 18 de OCTUBRE de 1967.
ARTÍCULO 1.- Homológase el convenio celebrado por la Comisión Asesora Honoraria creada por el artículo 31 del Decreto 4342/67 mediante el cual se fija en m$n.16,50 el litro de leche fluida al productor, cuyo texto, obrante a fojas 1 del expediente 2700-13362, pasa a formar parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Asuntos Agrarios y de Economía.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.
CONVENIO
En la ciudad de La Plata, a los 3 días del mes de octubre de 1967, se reúne la Comisión Asesora Honoraria creada por el Decreto 4342/67, para tratar el precio de la leche de abasto, al productor y puesta en planchada de usina, de aplicación hasta el 31 de diciembre del corriente año, resolviéndose por unanimidad lo siguiente:
El sector industrial, deja constancia que los márgenes correspondientes al comercio minorista y usinas es en la actualidad del 9 % y 34 %, respectivamente, y que, por esta única vez, no se liquidan excedentes en el mes de septiembre.
Los productores, por su parte, dejan constancia que la aceptación del precio de m$n. 16,50 por litro de leche fluida con destino a consumo, obedece a las consideraciones expuestas por los señores representantes de la industria y de las usinas, no obstante la convicción que sustentan de que las desfavorables condiciones del tambo en el reciente invierno, que trascienden en la actualidad, justifican el planteo inicial de este sector, en el sentido de acordar a la producción el máximo permitido por la Ley, que es del 60 % sobre el precio en bocas de expendio .
En consecuencia, se resuelve por unanimidad, proponer al Poder Ejecutivo, los términos de la presente acta.