LEY 14082

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE

 BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Declárase Monumento Histórico Provincial incorporado al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires, según los términos de las Leyes 10.419 y 12.739, al Teatro Municipal “Rafael de Aguiar”, identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 124, Parcela 23 c, incluyendo los lotes 23 a, registrado bajo el Nº 4.915 Serie A del año 1905 (folio 575V) y el Lote 24 B consta inscripto al Folio 625/64, inscriptos en el plano de mensura y división C-98-78-1960, por la cual la Parcela 23 A se anexa a la Parcela 24 B formándose la parcela 23 C, de la Ciudad de San Nicolás.


ARTÍCULO 2.- En testimonio de la presente declaración definitiva de Monumento Histórico de la Provincia, dispónese la colocación de una placa en el frente del bien citado.


ARTÍCULO 3.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo.


Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil nueve.