LEY 14082
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase Monumento
Histórico Provincial incorporado al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos
Aires, según los términos de las Leyes 10.419 y 12.739, al Teatro Municipal
“Rafael de Aguiar”, identificado catastralmente como: Circunscripción I,
Sección B, Manzana 124, Parcela 23 c, incluyendo los lotes 23 a, registrado bajo el Nº
4.915 Serie A del año 1905 (folio 575V) y el Lote 24 B consta inscripto al
Folio 625/64, inscriptos en el plano de mensura y división C-98-78-1960, por la
cual la Parcela
23 A se
anexa a la Parcela
24 B formándose la parcela 23 C,
de la Ciudad
de San Nicolás.
ARTÍCULO 2.- En testimonio de la
presente declaración definitiva de Monumento Histórico de la Provincia, dispónese la
colocación de una placa en el frente del bien citado.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala
de Sesiones de la
Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires,
en la ciudad de La Plata,
a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil nueve.