DECRETO 887/98

La Plata, 13 de abril de 1998

 

VISTO que el agente de la Secretaría General de la Gobernación, don Claudio Alejandro CRUCEÑO, presenta la renuncia al cargo que desempeña como Personal Temporario, con prestación de Servicios en el Consejo Federal de Inversiones, de conformidad con lo establecido en el Artículo 111º de la Ley 10.430, T.O. Decreto 1869/96; y      

CONSIDERANDO:

Que se propone la designación de doña Wanda Isabel RIQUELME para ocupar dicho cargo;

Que la designación propuesta, se efectúa de conformidad con las pautas establecidas en el Artículo 4º del Decreto nº 4319/94;

            POR ELLO  

    

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

D E C R E T A

                                                 

ARTICULO 1°.- Aceptase en la Jurisdicción 1.1.1.06, GOBERNACIÓN, Jurisdicción Auxiliar 01, ACO001, SECRETARIA GENERAL, con prestación de servicios en el Consejo Federal de Inversiones, a partir del 1º de enero de 1998, la renuncia al cargo que desempeña como Personal Temporario, presentada por don Claudio Alejandro CRUCEÑO (DNI. n° 18.204.794 - Clase 1967).

ARTICULO 2º.- Designase en Jurisdicción  1.1.1.06, GOBERNACIÓN, Jurisdicción Auxiliar  01, ACO001  SECRETARIA GENERAL, con prestación de servicios en el Consejo Federal de Invernes a partir del 1° de enero de 1998 y hasta el 31 de diciembre de 1998, como Personal Temporario, de conformidad con lo establecido en el Artículo 111º de la Ley 10.430, T.O. Decreto 1869/96, con una retribución equivalente a la Categoría 20 y un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, a doña Wanda Isabel RIQUELME (DNl :Nº 23.568.911 - Clase 1974).

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá ser atendido con cargo  a la Jurisdicción 1.1.1.06, Jurisdicción Auxiliar 01, ACO001, Finalidad 1, Función 03, Fuente 11, Partida Principal 01, Partida Subprincipal 2, afectando una  vacante  del Agrupamiento 03, del Presupuesto Vigente año 1998.

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios en  los Departamentos de Gobierno y Justicia y de Economía.  

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y archívese.-