DEROGADO POR DECRETO 1327/2023

DECRETO 74/2022

LA PLATA, 25 de Enero de 2022

VISTO el expediente EX-2021-30034064-GDEBA-DSTAMJYDHGP del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el cual se propicia establecer el valor de la hora correspondiente a la compensación especial para el personal que realiza tareas en el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1178/20 se fijó el valor de la hora correspondiente a la compensación especial por recargo de servicio en pesos sesenta ($60,00) para el personal que realiza tareas de índole estrictamente administrativa y en pesos ciento veinte ($120,00) para el personal que desarrolla tareas vinculadas a la seguridad, en ambos casos en el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense;

Que teniendo en cuenta las diversas medidas económicas que han devenido en un incremento del salario de los/as agentes penitenciarios/as, la compensación especial por recargo de servicio ha quedado desactualizada, observándose una asimetría de dicho valor en comparación al aumento del salario de los/as agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense;

Que, en virtud de ello, se estima conveniente establecer una actualización en el valor de la hora correspondiente a la compensación especial por recargo de servicio, para el personal que se desempeña en el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense;

Que han tomado intervención la Subsecretaría de Política Penitenciaria, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que se han expedido favorablemente Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Establecer, a partir del dictado del presente acto administrativo, en pesos noventa ($90,00) el valor de la hora correspondiente a la compensación especial por recargo de servicio para el personal que realiza tareas de índole estrictamente administrativas y en pesos ciento ochenta ($180,00) para el personal que realiza tareas vinculadas a la seguridad, en ambos casos en el ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense.

ARTÍCULO 2°. Derogar el Decreto N° 1178/20.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.