Fundamentos de la

Ley 10626

 

La ley que se proyecta, modificando el artículo 31 del Decreto Ley 9650/80, establece el derecho a pensión para las personas que han convivido en aparente matrimonio, en forma análoga al reconocido por la ley nacional 23.226 para los regimenes provisionales de los trabajadores en relación de dependencia- Ley 18.037- y autónomos – Ley 18.038-

            A fin de una completa equiparación con esa legislación nacional, en resguardo del principio constitucional de igualdad ante la ley, se establece que el derecho a la prestación para los convivientes, existirá con retroactividad al primer día de vigencia del idénticamente dispuesto en el ámbito de las normas legales nacionales antedichas, por la Ley 23.226, o sus modificaciones.