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Fundamentos de la Ley 10635
HONORABLE LEGISLATURA:
Se eleva a
consideración de Vuestra Honorabilidad un proyecto de ley por el cual se
autoriza la permuta del inmueble de propiedad de Originariamente, los mismos particulares habían donado la parcela señalada como de propiedad fiscal a efectos de emplazar sobre la misma, las instalaciones de la escuela № 29 de ese distrito escolar. A fin de concretar la
construcción de dos (2) aulas modulares, las instalaciones escolares fueron
desplazándose hacia la parcela lindera de propiedad de los mismos titulares,
circunstancia que motivó el pedido de donación a los mismos, por parte de Los propietarios prestaron plena conformidad a la realización del acto de liberalidad, siempre que a cambio de la parcela objeto de la misma, le sea restituida la originariamente donada a los mismos fines. El cambio resulta ampliamente ventajoso para el propósito perseguido, en tanto la nueva porción inmobiliaria permite -dada la mayor amplitud de sus dimensiones- el íntegro emplazamiento del edificio escolar. Hallándose reunidos
los antecedentes técnico-legales necesarios, la iniciativa ha contado con la
opinión favorable de Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
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