Fundamentos de la Ley 15391

HONORABLE LEGISLATURA

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, mediante el cual se propician las medidas impositivas para el año 2023.

La situación económica provincial y nacional discurrió a lo largo del año 2022 en un sendero de recuperación, luego de la doble crisis constituida por la recesión del bienio 2018-2019, la crisis desatada por la pandemia por Covid-19 y a pesar de las tensiones políticas y económicas en el plano internacional transcurridas el presente año.

Sorteando estas dificultades, la recuperación económica a nivel nacional tiene su alcance en el ámbito provincial. El ciclo de crecimiento económico iniciado a partir del cuarto trimestre de 2020 se consolidó a lo largo del 2022, sumando (a agosto de 2022) 18 meses consecutivos de crecimiento en la actividad económica, medida en términos interanuales. Como resultado de esto, el PBG alcanzó un nivel promedio en el primer semestre de 2022 récord desde 2019. La economía provincial a agosto de 2022 evidenció, según el Estimador Mensual de Actividad Económica de la PBA (EMA-PBA), un nivel un 9,7% mayor al de diciembre de 2019 (en términos desestacionalizados).

Este crecimiento económico impactó favorablemente en la recuperación de la recaudación tributaria de origen provincial, la cual viene registrando un crecimiento en términos reales, que a septiembre acumuló un incremento de 6,1% i.a. Esta performance estuvo acompañada además por altos niveles de cobrabilidad, que han permitido solventar, junto a los otros recursos de origen nacional, políticas de beneficio de las y los bonaerenses, garantizando mayor inclusión social e importantes niveles de inversión en infraestructura y en políticas productivas.

En este marco, y en conjunto con el proyecto de Ley de Presupuesto 2023, la presente iniciativa consolida el esquema tributario que se viene desarrollando, acompañando a las pequeñas y medianas empresas y aportando una mayor progresividad a los impuestos patrimoniales.

En este sentido, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos se propone adecuar los montos en facturación con un aumento de 95% para poder acceder a las alícuotas reducidas como una forma de acompañar al crecimiento de pequeñas y medianas empresas bonaerenses.

Con estas nuevas escalas de facturación se mantiene la progresividad alcanzada en el universo de la PyMES.

Con el objetivo de alcanzar una economía con mayor grado de formalidad, acompañando desde el Estado las y los pequeños contribuyentes, se mantiene el incentivo que brinda la exención por 12 meses para aquellos/as nuevos/as monotributistas del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos.

Con la convicción de que es necesario seguir dotando de progresividad a la estructura impositiva provincial, en el caso del Impuesto Inmobiliario y Urbano Edificado, se actualiza la base imponible en línea con los indicadores macroeconómicos y se establecen topes de crecimiento del gravamen respecto al año anterior, las cuales son ascendentes a mayor patrimonio.

Con relación al Impuesto Inmobiliario Baldío, se actualiza la base imponible en la misma magnitud que en el Edificado, presentando una baja real en la carga tributaria.

En el Impuesto Inmobiliario Rural, se mantiene la misma lógica que en el Edificado, desarrollando topes progresivos de crecimiento del gravemen y aumento de la base imponible.

En lo concerniente al Impuesto a los Automotores y/o Embarcaciones Deportivas, dado que los mismos se actualizan en base a los valores de mercado, se readecúan las tablas de valuación y alícuotas con el objetivo de producir un descenso en la alícuota media del parque automotor. Dada la nominalidad del sector y para corregir posibles incrementos que alteren el objetivo general, se coloca un tope de crecimiento del gravamen de 40%, garantizando una reducción real en la carga tributaria del gravamen.

Con respecto al Impuesto de Sellos, se plasman las mismas alícuotas que en años anteriores.

En caso del Impuesto de Transmisión Gratuita de Bienes, se propone mantener el grado de tributación legal vigente, actualizando las tablas en la misma magnitud que se actualizaron las bases imponibles.

Vinculado a las Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales, se incrementan en función de la actualización de costos general que ha tenido la economía en su conjunto.

El proyecto de ley que se acompaña propone continuar profundizando el sendero hacia una estructura con mayor progresividad tributaria y lograr el financiamiento para desarrollar los ejes prioritarios de gestión señalados en el proyecto de Ley de Presupuesto, en pos de una provincia de Buenos Aires desarrollada e integrada social, económica y productivamente.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que solicito a ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

Saludo a Vuestra Honorabilidad con mi mayor consideración.