DECRETO 2482/2025
LA PLATA, 2 de Octubre de 2025
VISTO el expediente EX-2025-24777706-GDEBA-DPTLMIYSPGP del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, mediante el cual se propicia aprobar una transferencia de fondos en concepto de aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social a favor de “Buenos Aires Gas S.A.” (BAGSA), y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1094/03 se declaró de interés público la construcción y explotación de redes de distribución de gas domiciliario en aquellas localidades que carecen de suministro;
Que, asimismo, se encomendó al entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos la desregulación de los monopolios en los mercados de distribución de gas, haciendo desafiables áreas que no atienden los concesionarios a cargo de la distribución, para asegurar una rápida y adecuada expansión de las redes que permita obtener como resultado un mayor beneficio a las/os usuarios/as;
Que, conforme lo expresado y haciendo uso de la herramienta jurídica contenida en el artículo 4° de la Ley Nacional N° 24.076 (Marco Regulatorio del GAS), mediante el Decreto Nº 28/04, ratificado por la Ley N° 13.358, se creó la sociedad “Buenos Aires Gas S.A.” (BAGSA), con el objeto de garantizar la calidad de vida de sus habitantes y suplir inminentes demandas del servicio público de gas prestado en la Provincia de Buenos Aires;
Que, a raíz de lo expuesto, resulta necesario proveer los recursos para que la empresa “Buenos Aires Gas S.A.” (BAGSA) pueda cumplir con los cometidos de su creación;
Que mediante la Ley de Presupuesto N° 15.394, se aprobaron para el Ejercicio 2023 las Cuentas de Ahorro –Inversión - Financiamiento de las Empresas y Sociedades Anónimas integradas total o mayoritariamente por bienes y/o aportes del Estado Provincial y Fondos Fiduciarios, de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa Nº 33 de dicha Ley;
Que allí se estableció un incremento de capital para “Buenos Aires Gas S.A.” (BAGSA) de pesos un mil ciento ochenta y cinco millones ($1.185.000.000,00) para el citado ejercicio;
Que el Presupuesto General Ejercicio 2023, Ley N° 15.394, fue prorrogado para el Ejercicio 2025 en los términos del Decreto N° 3681/24;
Que, en ese entendimiento, mediante Decreto N° 314/25 se aprobó un aporte de capital para gastos de funcionamiento por la suma de pesos un mil ciento ochenta y cinco millones con ($1.185.000.000,00);
Que, asimismo, a través del Decreto N° 971/25 se aprobó un aporte de capital adicional para Gastos de funcionamiento por la suma de pesos siete mil novecientos veintiún millones ($7.921.000.000,00), para el corriente Ejercicio 2025;
Que, sin perjuicio de ello, la empresa “Buenos Aires Gas S.A.” (BAGSA) informó que los montos otorgados resultaron insuficientes para asegurar la sustentabilidad de su actividad, por lo que solicita se arbitren los medios necesarios para cubrir la necesidad de fondos para su funcionamiento;
Que, a tales fines, corresponde disponer una transferencia de fondos adicional en concepto de aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social a favor de Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA), por la suma de pesos dos mil seiscientos millones ($2.600.000.000,00) para el corriente Ejercicio;
Que se ha tomado la correspondiente imputación preventiva del gasto;
Que se han expedido favorablemente la Subsecretaría de Energía del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General;
Que, en igual sentido, han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.358 y por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTICULO 1º. Aprobar, en el marco de la Ley Nº 13.358 y el Decreto Nº 28/04, una transferencia de fondos en concepto de aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social a favor de Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA) por hasta la suma de pesos dos mil seiscientos millones ($2.600.000.000) para el funcionamiento y operatoria de la mencionada sociedad durante el Ejercicio 2025.
ARTÍCULO 2°. Autorizar al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos a integrar el aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital aprobado mediante el artículo precedente, conforme a la imputación presupuestaria establecida en el artículo 4°, y de acuerdo a los desembolsos mensuales citados en el Anexo Único (IF-2025-29383217-GDEBA-DPRMIYSPGP) que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que el cronograma de desembolsos del aporte dispuesto por el artículo 1º quedará sujeto a revisión previa por parte de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, la cual podrá incluir modificaciones al mismo.
ARTÍCULO 4°. El gasto que menciona el artículo 1° será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2023, prorrogado para el Ejercicio 2025 en los términos del Decreto N° 3681/24, 1. Sector Público Provincial no Financiero, 1. Administración Provincial, 1. Administración Central, Jurisdicción 14, Unidad Ejecutora 137, Programa 4, Actividad 3, Finalidad 4, Función 1, Subfunción 0, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 6, Principal 1, Parcial 2, Subparcial 3, UG 999.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos, Economía y Gobierno.
ARTICULO 6º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Gabriel Nicolás Katopodis, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.