DECRETO 3468/2007
Texto actualizado con las modificaciones introducidas por Decreto 1248/2021
La Plata, 27 de noviembre de 2007
VISTO la Ley Nº 13.745, y
CONSIDERANDO:Que la Honorable Legislatura sancionó la Ley Nº 13.745 que otorga un subsidio mensual y vitalicio a los progenitores de aquellas personas que han sido secuestradas y desaparecidas o muertas por causas de la represión ilegal, en el período comprendido entre el 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983;Que la citada norma establece en su artículo 10 que el Poder Ejecutivo deberá dictar su reglamentación en un plazo de treinta (30) días a partir de su publicación;Que ha dictaminado favorablemente el señor Asesor General de Gobierno;Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 2 de la Constitución de la provincia de Buenos Aires;Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. El subsidio establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 13.745 será otorgado a uno de los progenitores de aquellas personas que hubieran sido secuestradas y desaparecidas o muertas por causas de la represión ilegal, en el período comprendido entre el 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983. Será prueba suficiente para acreditar el vínculo de parentesco la presentación de la partida de nacimiento o libreta de familia.
ARTÍCULO 2°. (Texto según Decreto 1248/21) El monto del subsidio será equivalente a la sumatoria de los valores que, en concepto de sueldo básico, disposición permanente y suma fija remunerativa no bonificable establecida por el artículo 1° del Decreto N° 120/2020, o el que en el futuro la reemplace, integren la remuneración mensual que perciba el personal del Agrupamiento Jerárquico, Categoría 24, en el régimen de treinta (30) horas semanales de labor. Ese importe se formalizará empleando el criterio del múltiplo significativo superior a cien (100)
ARTÍCULO 3°. La Secretaría de Derechos Humanos será la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 13.745, quien podrá dictar las normas aclaratorias y complementarias que fueren necesarias a fin de dar cumplimiento a lo establecido en dicha norma.Deberá comprobar el cumplimiento de los recaudos exigidos en la Ley y resolver sobre la procedencia del beneficio en un breve trámite. Para acogerse al beneficio, las personas mencionadas en el artículo anterior deberán presentar ante la autoridad de aplicación la siguiente documentación:
a) Presentación en original y copia del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o de Enrolamiento del beneficiario;b) Declaración Jurada donde conste que no ha percibido, ni se encuentra percibiendo un beneficio similar;c) Copia certificada de la partida de nacimiento del hijo o libreta de familia; y para el caso de que el beneficiario fuera viudo, copia certificada de la partida de defunción del progenitor fallecido;d) Copia certificada de denuncia realizada en la ex CONADEP o en la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación o constancia de autoridad competente que acredite la desaparición forzada o muerte del hijo/a en las circunstancias previstas por la Ley 13.745;e) Completar el formulario que como Anexo Unico forma parte del presente, en el cuál deberán manifestar en forma expresa cuál de los progenitores percibirá el beneficio establecido en la Ley Nº 13.745, debiendo en ese acto firmar ambos progenitores;
ARTÍCULO 4°. De no existir acuerdo entre los progenitores sobre quien percibirá el subsidio, éste se dividirá en partes iguales a cada uno.
ARTÍCULO 5°. Los beneficiarios del subsidio revisten la condición de afiliados obligatorios del Instituto Obra Médico Asistencial, a tal efecto se le practicarán los descuentos establecidos en el artículo 13 de la Ley Nº 6.982 sobre el monto a percibir como subsidio. A los fines establecidos en este artículo se podrá celebrar un convenio de colaboración con el Instituto Obra Médico Asistencial.
ARTÍCULO 6°. Ocurrida la muerte del beneficiario el subsidio podrá ser trasmitido al otro progenitor, en cuyo caso deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación la partida de defunción.
ARTÍCULO 7°. A los fines de la designación de un apoderado, además de la documentación establecida en el artículo 2º del presente Decreto, el solicitante deberá acompañar la siguiente documentación:
a) Poder o Carta Poder;b) Copia Certificada del Documento del beneficiario y original del apoderado;c) Certificado de Supervivencia del poderdante;
ARTÍCULO 8°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 9°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Florencio A. Randazzo
Ministro de Gobierno
Felipe Carlos Solá
Gobernador
ANEXO UNICO
FORMULARIO N° /2007
ACEPTACION DE SUBSIDIO LEY 13.745El que suscribe .........................................................................D.N.I./L.E./L.C. Nº................................................., nacido el ..........................................con domicilio en calle....................................................................... Nº............., de la Localidad ..................................................... Teléfono ..........................................Cónyuge de ............................................................................... D.N.I../L.E./L.C. Nº...............................................; declara reunir las condiciones legales para la percepción del subsidio establecido en la Ley 13.745 y manifiesta en este acto la aceptación de dicho subsidio, en conformidad de su cónyuge, firmando ambos al pie del presente.
....................................................................................................................Firma y Aclaración Firma y Aclaración
Certifico: Que los datos y las firmas consignados en la presente corresponden a los señores..............................................................................................................................................................................................................................
....................................................................................................................Lugar y Fecha Firma y Sello de la Autoridad