DEPARTAMENTO DE
SEGURIDAD
DECRETO 2.522
La Plata, 1° de octubre de 2007
Visto el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1824/06, el artículo 12 del Código Electoral Nacional (Ley N° 19.945, T.O. Decreto N° 2.135/83 y sus modificatorias y complementarias), y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto citado en el visto determinó que a partir del día 1º de julio de
2006, ninguna dependencia, ni funcionario policial iniciará actuaciones
referidas a determinados actos de naturaleza administrativa, entre los cuales
no se incluye el denominado certificado de justificación de exención electoral
por motivos de distancia;
Que el Código Electoral dispone que quedan exentos de la obligación de votar
los ciudadanos que el día de la elección se encuentren a más de quinientos
kilómetros del lugar donde deben votar y justifiquen que el alejamiento obedece
a motivos razonables, debiendo presentarse el día de la elección a la autoridad
policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredita la
comparecencia;
Que sin perjuicio de
ello, se han generado dudas sobre la competencia policial en dichas
situaciones;
Que la proximidad del acto eleccionario nacional y provincial hacen
imprescindible adoptar las medidas tendientes para aclarar la competencia
policial referida a tales actuaciones;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que el presente se dicta en uso de las facultades establecidas por el artículo
144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1º. El
Ministerio de Seguridad a través de sus dependencias policiales expedirá el
certificado de justificación de exención electoral por motivos de distancia en
los términos previstos por el artículo 12 del Código Electoral Nacional, Ley N°
19.945, T.O. Decreto N° 2.135/83, sus modificatorias y complementarias.
ARTICULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Seguridad y Gobierno.
ARTICULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Florencio A.
Randazzo
Felipe
Solá
Ministro de Gobierno
Gobernador
León Carlos
Arslanian
Ministro de Seguridad