DECRETO 3197/99

 

 

 

LA PLATA, 8 de NOVIEMBRE de 1999.

 

 

VISTO la propuesta de titularización del personal temporario del Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, atento al dictado del Decreto número 2109/98; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que a fin de efectivizar dicha gestión resulta necesario incrementar el Número de Cargos del Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, incorporado la cantidad de doscientos cincuenta y un (251) cargos en los distintos Agrupamientos Ocupacionales pertenecientes a la Planta Permanente, haciendo uso de la facultad conferida al Poder Ejecutivo por el Artículo 33 de la Ley 12232 –Presupuesto General Ejercicio 1999-, efectuando al mismo tiempo las correspondientes transferencias de créditos con el fin de proceder a la designación de los agentes en los cargos incorporados;

 

 

Que la adecuación propiciada puede resolverse mediante la autorización del Artículo 19 de la Ley 12232, aprobatoria del Presupuesto General Ejercicio 1999;

 

 

Que resulta necesario efectuar la modificación presupuestaria correspondiente a la distribución de dos (2) cargos en las respectivas Plantas de Personal Permanente y Temporario, transfiriendo los mismos;

 

 

Que dichas designaciones se efectúan de conformidad con las pautas establecidas en el Artículo 5º de la Ley 10430 (Texto Ordenado por Decreto nº 1869/96) y con encuadre en el Decreto nº 2109/98;

 

 

Que en virtud de ello han tomado intervención en la esfera de su competencia la Dirección Provincial del Sistema de la Profesión Administrativa y la Dirección General del Personal de la Provincia dependientes de la Secretaría de la Función Pública en la Secretaría General de la Gobernación y la Dirección Provincial de Presupuesto de la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de economía:

 

 

Por ello;

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

DECRETA

 

 

 

ARTÍCULO 1.- Efectúese dentro del Presupuesto General Ejercicio 1999 – Ley 12232, Sector Público Provincial no Financiero, Administración Provincial, Administración Central - Jurisdicción 6 -  Jurisdicción Auxiliar 3 – ACE 1 – Finalidad 3 – Función 2, Partida Principal 1, una transferencia de dos (2) cargos y créditos por la suma de PESOS DOS MIL SETESCIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 2.776.), de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

DÉBITO:

 

 

 

Subprincipal 2 – Régimen Estatutario 1:

- Agrupamiento Ocupacional 4                                      Cargos 2  $ 2.776.-

 

 

CRÉDITO:

 

 

 

 Subprincipal 1 – Régimen Estatutario 1:

- Agrupamiento Ocupacional 4                                      Cargos  1  $ 1.318.-

-Agrupamiento Ocupacional 3                                      Cargos  1  $ 1.458.-

                                                TOTAL CRÉDITO:                Cargos 2 $ 2.776.-  

 

 

ARTÍCULO 2.- Increméntase de conformidad con la facultad conferida por el Artículo 33 de la Ley 12232, el Resumen del Número de Cargos de la Administración Central y  Organismos Descentralizados del Presupuesto General Ejercicio 1999 Planilla Nº 17, para la Jurisdicción 11106 – GOBERNACIÓN – Jurisdicción Auxiliar 03 , Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano,  en la cantidad de doscientos cincuenta y un (251) cargos de Planta Permanente.

 

 

ARTÍCULO 3.- Apruébase la distribución por Categoría de Programa, Régimen Estatutario y Agrupamiento Ocupacional de la Jurisdicción 11106 – GOBERNACIÓN – Jurisdicción Auxiliar 3, Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, la ampliación de doscientos cincuenta y un (251) cargos autorizados por el Artículo 2º, de acuerdo al detalle de la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente Decreto.

 

 

ARTÍCULO 4.- Efectúese, dentro del Presupuesto General Ejercicio 1999 Ley 12232, Sector Público Provincial no Financiero, Administración Provincial, Administración Central – Jurisdicción 6 – Jurisdicción Auxiliar 3 – Finalidad 3 – Función 2, una transferencia de créditos por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOSCIENTOS OCHENTA Y TRES ($ 354.883), de acuerdo al detalle de Planilla Anexa II que forma parte integrante del presente Decreto.

 

 

 

ARTÍCULO 5.- Desígnanse a partir de la fecha de notificación en la Jurisdicción 11106 – GOBERNACIÓN – Jurisdicción Auxiliar 3, Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano, como Personal de Planta Permanente, a los agentes detallados en la Planilla Anexa IV (hojas 1/18) que forma parte integrante del presente en los Agrupamientos y Categorías que en cada caso se indican de conformidad con lo normado en los Artículos 4º y 5º de la Ley 10430 (Texto Ordenado por Decreto 1869/96), limitando al mismo tiempo según detalle de Planilla Anexa III, rescindiendo los Contratos de Obra, oportunamente celebrados con esta dependencia, a excepción de los contratos dictados por las Resoluciones nº 1260/99 y 1704/99.     

 

 

ARTÍCULO 6.- Las designaciones previstas en el Artículo precedente tienen carácter provisional y adquirirán estabilidad transcurridos los seis (6) meses a partir de la fecha de notificación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6º de la Ley 10430 (Texto Ordenado por Decreto 1869/96).

 

 

ARTÍCULO 7.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía.

 

 

ARTÍCULO 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.