DECRETO 434/17 E
LA PLATA, 25 de Agosto de 2017.
Referencia: 2956-609/15 - Designación Acuña y Ot.
VISTO el expediente N° 2956-609/15 y agregados del Ministerio de Salud, por el cual se solicita se designe a diversas personas para desempeñar funciones como Personal de Planta Permanente en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Carlos A. Bocalandro” de Tres de Febrero, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas - Unidad de Pronta Atención (U.P.A. 16), en el marco de lo establecido por la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, y
CONSIDERANDO:
Que en la reunión de paritarias celebrada el 25 de octubre de 2016, entre los Ministerios de Trabajo, Economía, Salud y el entonces Coordinación y Gestión Pública, se acordó mediante Acta Nº 41, el pase a planta de aproximadamente cinco mil (5.000) becarios pertenecientes a esa Jurisdicción;
Que los ingresos se harán en etapas y por orden de antigüedad, abarcando la primera, un universo de trescientos (300) becarios;
Que con el transcurso del tiempo las problemáticas en materia de salud pública, como así también las soluciones a las mismas se han complejizado y acrecentado, lo que conlleva a la apertura de nuevos servicios y/o ampliación de los que actualmente funcionan, requiriendo mayor cantidad y calidad de personal en áreas especializadas y en servicios de apoyo;
Que para propiciar dicho trámite se afectaron cargos vacantes creados oportunamente por el artículo 57 de la Ley N° 14652 - Presupuesto General Ejercicio 2015, incorporadas en las partidas presupuestarias correspondientes por Decreto N° 712/15, vigentes en el Presupuesto General Ejercicio 2017 - Ley N° 14879;
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en forma previa a la toma de posesión de los interesados; artículos 2° y 3° de la Ley N° 10430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en forma previa a la toma de posesión de los interesados;
Que la jurisdicción citada cuenta con los créditos específicos para la atención del gasto que insumirá la medida, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2017 - Ley N° 14879;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano de la Subsecretaría de Capital Humano y la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía;
Que los nombramientos propuestos encuadran en los artículos 5°, 6° y concordantes de la Ley N° 10430;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, en el marco de lo establecido por la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en la planta permanente, de las personas que se mencionan en el documento N° IF-2017-01592452-GDEBA-DSTAMSALGP, que como Anexo Único forma parte integrante del presente, en las condiciones que se indican en el mismo.
ARTÍCULO 2º. Las designaciones concretadas por el artículo precedente tienen carácter provisional y adquirirán estabilidad transcurridos seis (6) meses a partir de la fecha de toma de posesión de los cargos, de conformidad con lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96.
ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 10430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en forma previa a la toma de posesión de cada uno de los interesados.
ARTÍCULO 4º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD -Jurisdicción Auxiliar 02: Dirección Provincial de Hospitales - Programa: Anexo Único Actividad Especifica: Anexo Único Finalidad 3 - Función 1 - Procedencia 1 - Fuente 1 -Partida Principal 1 - Partida Subprincipal 1 Régimen Estatutario 01 - Agrupamientos 1 y 3. Personal de Servicio y Administrativo Presupuesto General Ejercicio 2017 – Ley N° 14879. Dirección Provincial de Hospitales - Programa: Anexo Único Actividad Especifica: Anexo Único Finalidad 3 - Función 1 - Procedencia 1 - Fuente 1 – Partida Principal 1 - Partida Subprincipal 1 Régimen Estatutario 01 - Agrupamientos 1 y 3. Personal de Servicio y Administrativo Presupuesto General Ejercicio 2017 - Ley N° 14879.
ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Salud y por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Andrés Roberto Scarsi Federico Salvai
Ministro de Salud Ministro de Jefatura de
Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora