Fundamentos de la

 

Ley 10446

 

 

 

            La modificación que se propicia por la presente iniciativa tiene por finalidad asegurar el debido cumplimiento, en sede registral inmobiliaria, de la Ley 10.191 sancionada por esta misma Legislatura, mediante la que se derogó el artículo 190 del Decreto-Ley 9.029/78 (Ley Orgánica del Notariado) dando plena vigencia al sistema protector de la defensa de la jurisdicción provincial en la materia.

            Al propio tiempo se regula explícitamente la facultad atribuida a los Estados provinciales por los artículos 6 y 24 del Decreto-Ley nacional 17.801/68 de Organización de los Registros de la Propiedad Inmueble, que constituye una norma complementaria del Código Civil en lo que se refiere a la publicidad de los derechos reales y demás situaciones jurídicas registrables para su oponibilidad a terceros. (artículos 2.505, 3.135 y concordantes del Código Civil y artículos 1, 6, 24, 38, 42 y concordantes del Decreto-Ley nacional 17.801/68).