DECRETO-LEY 7898
Modificando los términos de la Ley 7235
LA PLATA, 30 de junio de 1972
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VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto Nº 717/71, artículo 1º, inciso 2, apartado 4 y la Política Nacional Nº 128 en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Modifícanse los términos de la Ley 7235 en cuanto a la declaración de utilidad pública y finalidad que afecta al inmueble cuya expropiación dispone, el que será destinado a la construcción del Palacio de los Tribunales del Departamento Judicial de Lomas de Zamora.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.