DECRETO 201/2022

LA PLATA, 23 de Febrero de 2022

VISTO el expediente EX-2022-00338336-GDEBA-DEOPISU del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana, por el cual tramitan las limitaciones y designaciones de diversas funcionarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 31/2020 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana, modificada por Decreto N° 1147/2021;

Que se propicia la limitación, a partir del 22 de diciembre de 2021, de María Dolores Belén ROMERO como Directora de Interculturalidad y Diversidad, dependiente de la Dirección Provincial de Integración Social, cargo en el que había sido designada mediante Decreto N° 471/2021;

Que, asimismo, se propicia la limitación, a partir del 22 de diciembre de 2021, de Marisol del Carmen MANCINI, en el cargo de Planta Temporaria - Personal de Gabinete de la Dirección Ejecutiva, en el que había sido designada por Resolución N° 226/2021 de la citada jurisdicción;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que las funcionarias salientes no registran actuaciones sumariales pendientes de resolución;

Que, a su vez, se propician las designaciones, a partir del 22 de diciembre de 2021, de María Dolores Belén ROMERO en el cargo de Directora de Programas Socio comunitarios, dependiente de la Dirección Provincial de Integración Social, y de Marisol del Carmen MANCINI en el cargo de Directora de Articulación de Proyectos, dependiente de la Dirección Provincial de Integración Social;

Que las personas propuestas reúnen los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar los cargos señalados;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que las gestiones que se promueven se efectúan de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108, 109 y 121 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.2.07.00.014, ORGANISMO PROVINCIAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA, a partir del 22 de diciembre de 2021, la designación de María Dolores Belén ROMERO (DNI N° 39.718.067 – Clase 1996) en el cargo de Directora de Interculturalidad y Diversidad, dependiente de la Dirección Provincial de Integración Social, quien había sido designada por Decreto Nº 471/21, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, y según lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto N° 1147/21.

ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.2.07.00.014, ORGANISMO PROVINCIAL DEINTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA, a partir del 22 de diciembre de 2021, la designación de Marisol del Carmen MANCINI (DNI N° 25.524.310 – Clase 1976) en un cargo de la Planta Temporaria - Personal de Gabinete de la Dirección Ejecutiva, quien había sido designada por Resolución Nº 226/21 de la citada jurisdicción, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 3°. Designar en la Jurisdicción 1.1.2.07.00.014, ORGANISMO PROVINCIAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA, a partir del 22 de diciembre de 2021, a María Dolores Belén ROMERO (DNI N° 39.718.067 – Clase 1996) en el cargo de Directora de Programas Sociocomunitarios, dependiente de la Dirección Provincial de Integración Social; y a Marisol del Carmen MANCINI (DNI N° 25.524.310 – Clase 1976) en el cargo de Directora de Articulación de Proyectos, dependiente de la Dirección Provincial de Integración Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Hábitat y Desarrollo Urbano y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Agustín Pablo Simone, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.