DECRETO 688/2022
LA PLATA, 21 de Junio de 2022
VISTO el expediente EX-2022-15328602-GDEBA-COMILU del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, mediante el cual tramita la designación del licenciado Lautaro MARCOTTI en el cargo de Director de Relaciones Institucionales del Comité de Cuenca del Río Luján (COMILU), y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 346/2021 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Comité de Cuenca del Río Luján (COMILU);
Que se propicia la designación, a partir del 1° de mayo de 2022, del licenciado Lautaro MARCOTTI en el cargo de Director de Relaciones Institucionales del Comité de Cuenca del Río Luján (COMILU), quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñarlo;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo dispuesto por los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, Entidad 1.1.2.14.00.071, Comité de Cuenca del Río Luján (COMILU), a partir del 1° de mayo de 2022, al licenciado Lautaro MARCOTTI (DNI N° 40.255.162 - Clase 1997) en el cargo de Director de Relaciones Institucionales del Comité de la Cuenca del Río Luján, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Leonardo Javier Nardini, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador