DECRETO 900/2021

LA PLATA, 21 de Octubre de 2021

VISTO el expediente EX-2021-21918989-GDEBA-DGTYAAGG, por el cual se gestionan los traslados definitivos, juntamente con sus cargos de revista, de los agentes Alejandro Germán CICCONE y Santiago Nicolás RIITANO, con destino a Asesoría General de Gobierno, y

CONSIDERANDO:

Que Alejandro Germán CICCONE revista en un cargo de la Planta Permanente con estabilidad, en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 12, Código 3-0003-VI-1, Administrativo Auxiliar “B”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, en la Secretaría General;

Que Santiago Nicolás RIITANO revista en un cargo de la Planta Permanente con estabilidad, en el Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 14, Código 5-0151-VIII-2, licenciado en Administración “C”, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor, en la Secretaría General;

Que el Asesor General de Gobierno solicita los traslados definitivos de los agentes referenciados, juntamente con sus cargos de revista, a partir de la fecha de notificación;

Que el Secretario General ha prestado el aval correspondiente;

Que Alejandro Germán CICCONE y Santiago Nicolás RIITANO prestaron sus conformidades con relación al traslado propiciado, haciéndolo además el último de los nombrados respecto del cambio de régimen horario, toda vez que la jurisdicción de destino tiene un régimen de treinta (30) horas semanales de labor;

Que, por otra parte, cabe señalar que el agente Santiago Nicolás RIITANO se encuentra desempeñando el cargo de Director Delegado de la Dirección Provincial de Personal, desde el 1° de enero de 2020; y que el agente Alejandro Germán CICCONE presta funciones como Director de Contabilidad y Servicios Auxiliares, desde el 15 de abril de 2020, ambos en el ámbito de Asesoría General de Gobierno, habiendo sido designados mediante Resolución N° 16/2020 de dicha jurisdicción;

Que, en virtud de lo señalado en el párrafo precedente, se instrumentaron las Resoluciones N° 49/2020 y 51/2020, por las cuales el Secretario General otorgó las reservas de sus cargos de revista;

Que, en consecuencia, corresponde en esta instancia limitar el alcance de ambos actos y conceder nuevas reservas de cargo, en virtud de los traslados definitivos propiciados;

Que, por otra parte, corresponde dejar establecido que el organismo cedente gestionará ante la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la adecuación presupuestaria correspondiente a los cargos de los agentes que se trasladan;

Que, asimismo, corresponde dejar establecido que, oportunamente, las jurisdicciones intervinientes deberán efectuar las modificaciones a los planteles básicos a las que hubiera lugar, en virtud del presente movimiento;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Contaduría General de la Provincia ha dictaminado favorablemente;

Que la presente gestión se efectúa de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Limitar, en el ámbito de SECRETARÍA GENERAL, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, las reservas de los cargos de revista de los agentes Santiago Nicolás RIITANO (DNI N° 30.281.470 – Clase 1983) y Alejandro Germán CICCONE (DNI N° 27.146.563 – Clase 1979), concedidas oportunamente por Resolución N° 49/2020 y Resolución N° 51/2020 de dicha jurisdicción, respectivamente.

ARTÍCULO 2°. Trasladar a la Jurisdicción 1.1.1.22, ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, a los agentes que a continuación se detallan:

Alejandro Germán CICCONE (DNI N° 27.146.563 – Clase 1979), juntamente con su cargo de revista en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 12, Código 3-0003-VI-1, Administrativo Auxiliar “B”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, proveniente de la Secretaría General, con iguales cargo, régimen horario y categoría.

Santiago Nicolás RIITANO (DNI N° 30.281.470 – Clase 1983), juntamente con su cargo de revista en el Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 14, Código 5-0151-VIII-2, licenciado en Administración “C”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, proveniente de la Secretaría General, con iguales cargo y categoría, y con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la jurisdicción cedente gestionará ante la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la adecuación presupuestaria correspondiente a los cargos de los agentes que se trasladan.

ARTÍCULO 4°. Reservar, en el ámbito de ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, los cargos de revista de Santiago Nicolás RIITANO (DNI N° 30.281.470 – Clase 1983) y de Alejandro Germán CICCONE (DNI N° 27.146.563 – Clase 1979), mientras duren sus funciones como Director Delegado de la Dirección Provincial de Personal y Director de Contabilidad y Servicios Auxiliares, en los que fueran designados por Resolución N° 16/2020 de dicha jurisdicción, de conformidad con el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96).

ARTÍCULO 5°. Dejar establecido que las jurisdicciones intervinientes deberán impulsar, a través de las áreas correspondientes, las modificaciones en los planteles básicos a las que hubiere lugar, en virtud de los movimientos que se propician por el presente.

ARTÍCULO 6°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 7°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Martín Insaurralde, Ministro, AXEL KICILLOF, Gobernador.