DECRETO-LEY 7852/72
Declarando de utilidad pública, y sujetos a expropiación inmuebles ubicados en el partido de Hipólito Yrigoyen.
VISTO la autorización del
Gobierno Nacional, concedida por Decreto 717/971, artículo 1º, inciso 5,
apartado 5.2 y las Políticas Nacionales números 3, 5, inciso g) y 14, inciso
e), en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º,
del Estatuto de
EL GOBERNADOR DE
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en el partido de Hipólito Yrigoyen, que a continuación se indican:
a) Una fracción de campo que forma parte de una mayor designada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección Rural, Parcela 130 d), Partida 5.125, cuyo dominio consta a nombre de Camilo Cánepa y otros, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios, con una superficie aproximada de 5 hect., 66 ás., 93 cs.
b) Una fracción de campo, que forma parte de una mayor designada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección Rural, Parcela 129 d), partida 4.830; cuyo dominio consta a nombre de “Jara, Sociedad en Comandita por Acciones”, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios, con una superficie aproximada, de 6 hect., 0 ás., 0 cs.
Las medidas y superficies
definitivas de las fracciones individualizadas precedentemente serán las que
surjan de la mensura y subdivisión que se efectuará con posterioridad a la toma
de posesión por parte de
ARTÍCULO 2.- La expropiación que se autoriza por la presente Ley, tendrá por destino establecer y urbanizar el pueblo de Herrera Vegas, comprendiendo dicho destino al trazado de calles, paseos públicos y demás reservas fiscales necesarias para la formación de la mencionada población, así como también la subdivisión y venta a los pobladores de las fracciones resultantes.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Ley, será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de
ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.