FUNDAMENTOS DE LA

LEY 10787

 

El presente proyecto de ley contempla la suspensión del aporte del 50 % que realiza el empleado en cada aumento de su remuneración tendiente a financiar al Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 1 de la Ley 10.545 modificatoria del Decreto Ley 9650/1980, durante la vigencia del Estado de Emergencia de la Provincia de Buenos Aires resuelto por el Poder Ejecutivo por Decreto 2749/1989.

Tiende esta Ley permitir al trabajador recibir en su totalidad los ajustes de su remuneración percibidos mensualmente como consecuencia de la actualización del mismo.

La emergencia en que se desenvuelve nuestro país y dentro de la Provincia de Buenos Aires nos debe impulsar a llevar a cabo las soluciones coyunturales tendientes a permitir en este caso, al asalariado poder paliar este difícil momento.

No hay duda que son los sectores de ingresos fijos los más perjudicados por la inflación al no tener posibilidades de utilizar los mecanismos financieros que preserven su capacidad de compra.

Es por ello que nos vemos en la obligación de instrumentar este tipo de soluciones con el objeto de ayudar a preservar al único factor económico, que en este país, financia a 30 días con sus ingresos sin cargo financiero alguno.